INSTRUCCIONES PARA ELABORAR EL INFORME ESTADÍSTICO DE CAMAS HOSPITALARIAS El presente Informe tiene por objeto conocer la dotación normal de camas, las camas disponibles y las variaciones que se hayan producido mensualmente en los establecimientos de salud con Internación Hospitalaria; esta información es de suma importancia para el cálculo de indicadores de salud. El informe se llenará de la siguiente manera: A) IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO.- Escriba a máquina o con letra clara y legible el nombre del establecimiento Hospitalario, la Provincia, el Cantón y la Parroquia donde está ubicado, la calle, número y teléfono, como también el Organismo del que depende el Establecimiento de Salud informante. B) TIPO DE ESTABLECIMIENTO.- Marque con una X la casilla correspondiente al tipo de establecimiento que esta informando, de acuerdo a las categorías que se encuentra en la lista. Se debe considerar, que esta clasificación corresponde a la nueva tipificación de los establecimientos de salud vigente en la actualidad, dado por el Manual de Normas de Licenciamiento promulgado por el Ministerio de Salud. C) SECTOR AL QUE PERTENECE.- Marque con una X la casilla correspondiente, al Sector al que pertenece el establecimiento sea público o privado y dentro de éste, si es, con fines de lucro o sin fines de lucro. D) NÚMERO DE CAMAS: Tome en consideración las siguientes definiciones: CAMA HOSPITALARIA: Es aquella instalada para el uso regular de los pacientes hospitalizados. Una cama de Hospital implica recursos de personal, espacio, equipos y material para la atención del paciente. Se incluye entre las camas de hospital, además de las de tamaño normal para adultos, las camas de tamaño reducido con o sin baranda para niños y las cunas para recién nacido patológico. No se cuentan como camas hospitalarias las cunas de recién nacidos sanos en el Hospital, las cunas de lactantes sanos que acompañan a la madre durante el periodo de internación de ésta; tampoco se cuentan como camas del hospital las de trabajo de parto, las ubicadas en los servicios generales de diagnóstico y tratamiento, utilizadas para pacientes que se retiran después de haber recibido atención ( por ejemplo: las de metabolismo basal, rayos X, etc.), las ocupadas por pacientes de consultorios de emergencia mientras esperan ser internados, las camas para médicos y otro personal de establecimiento, ni las que están en depósito. Nº DE CAMAS DE DOTACIÓN NORMAL.-Es el número de camas asignadas al establecimiento por la autoridad competente y que funcionan regularmente para la intervención de pacientes en periodos de actividad normal. NÚMERO DE CAMAS HOSPITALARIAS DISPONIBLES.- Es la cama realmente instalada en el Centro Hospitalario, en condiciones de uso para la atención de pacientes hospitalizados independientemente de que estén o no ocupadas. Se debe considerar las variaciones mensuales por las camas que se agregan por demandas estacionales, por emergencia, etc; y las que se retiran por reparación, desinfección, pintura del local, clausura temporal del servicio, etc. CAMAS DE EMERGENCIA.- Son recursos hospitalarios que sirven para la atención primaria de ocurrencia de accidente, catástrofe, o patología que sobreviene de manera imprevista o violenta. CAMAS DE CUIDADOS INTENSIVOS.-Son recursos hospitalarios para vigilancia y monitoreo continuo y especializado de pacientes en estado grave o terminal. Nº DE CAMAS DE DOTACIIÓN NORMAL,-Anote el número de camas de dotación normal por cada uno de los servicios y especialidades con que cuenta el establecimiento. Cuando no haya una distribución por servicios, anote el número de camas de dotación en el casillero de “Servicios Indiferenciados”. La dotación normal de camas no estarán afectadas por fluctuaciones temporales de las camas que se agregan o se clausuran por cortos períodos de tiempo. NÚMERO DE CAMAS HOSPITALARIAS DISPONIBLES.- Debe anotarse el número de camas que se encuentran disponibles (camas ocupadas + camas desocupadas) y que han permanecido instaladas y listas en cada servicio y/o especialidad, esto es en: Medicina, Cirugía, Ginecología, Pediatría, etc., en cada uno de los meses del año. Se debe tomar en cuenta las variaciones que puedan producirse en cada mes. Si a más de los servicios anotados en el Informe, existieren otros tales como: Oncología, Medicina Física, Unidad de Quemados, Neuro-Cirugía, etc., anote estas camas en las líneas correspondientes a OTROS SERVICIOS (línea 13) Las Incubadoras y cunas para los NIÑOS RECIÉN NACIDOS ENFERMOS, se considera como camas hospitalarias y deben sumarse al SERVICIO DE PEDIATRÍA. En los Hospitales y Clínicas donde no haya clasificación por servicios, se anotará el número de camas disponibles en la línea correspondiente a SERVICIOS INDIFERENCIADOS. DÍA PACIENTE.-Es la unidad de medida de alojamiento y atenciones prestadas a un paciente hospitalizado, en un período comprendido entre las “0 y las 24” horas del día de hospitalización. En el caso de pacientes que ingresan y egresan el mismo día se computará como un día-paciente. En el presente Informe anote mensualmente la suma del número diario de días pacientes correspondiente a cada mes. El cálculo de días-paciente se deberá hacer en base del censo diario. DÍAS – CAMAS DISPONIBLES.- Es el período comprendido entre las “0 y las 24” horas de un día, durante el cual una cama disponible se mantiene a disposición para el uso de pacientes hospitalizados. Anote en el mes correspondiente el número de días – camas disponibles, el mismo que se obtiene del censo diario. En los establecimientos donde no lleven este registro, obtenga los días-camas disponibles, multiplicando el número de camas que estuvieron disponibles en cada mes, por el número de días de ese mes y anote el resultado en la columna respectiva. Ejemplo, Si en el mes de enero, el establecimiento contó con 30 camas disponibles, los días de camas disponibles de este mes serán 30 * 31 días del mes. Nota.- El estadístico o persona responsable deberá llenar este Informe por duplicado y revisará el Director del establecimiento. EL ORIGINAL se enviará a las Oficinas Provinciales y/o Direcciones Regionales del Instituto Nacional de Estadística y Censos de su jurisdicción, en un plazo no mayor de 15 días a partir del 1º de enero del año siguiente al de la investigación. 304