{"doc_desc":{"title":"Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano 2024 v1.1","idno":"ECU-ARCONEL-DTEII-ESEE-2024-v1.1","producers":[{"name":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","abbr":"ARCONEL","affiliation":"Ministerio de Energ\u00eda y Minas","role":"Productor de la Operaci\u00f3n Estad\u00edstica"},{"name":"Direcci\u00f3n T\u00e9cnica de Estudios, Informaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n","abbr":"DTEII","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","role":"Documentador de la Operaci\u00f3n Estad\u00edstica"},{"name":"Alexandra Maldonado","abbr":"AM","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","role":"Documentador de la Operaci\u00f3n Estad\u00edstica"},{"name":"Jenny Cushic\u00f3ndor","abbr":"JC","affiliation":"Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Censos","role":"Revisora de metadatos de la Operaci\u00f3n Estad\u00edstica"},{"name":"Andr\u00e9s Chiles","abbr":"AC","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","role":"Aprobaci\u00f3n para publicaci\u00f3n de metadatos de la Operaci\u00f3n Estad\u00edstica"}],"prod_date":"2025-08-05"},"study_desc":{"title_statement":{"idno":"ECU-ARCONEL-DTEII-ESEE-2024-v1.1","title":"Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano 2024","alternate_title":"ESEE","translated_title":"Statistics of the ecuadorian electric power sector"},"authoring_entity":[{"name":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","affiliation":"Ministerio de Energ\u00eda y Minas"},{"name":"Coordinaci\u00f3n Nacional de Regulaci\u00f3n El\u00e9ctrica","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad"},{"name":"Direcci\u00f3n T\u00e9cnica de Estudios, Informaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad"}],"production_statement":{"copyright":"(c) 2024 Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad.","funding_agencies":[{"name":"Banco Interamericano de Desarrollo","abbr":"BID","role":"Financiamiento de la publicaci\u00f3n de operaci\u00f3n estad\u00edstica"}]},"distribution_statement":{"contact":[{"name":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","affiliation":"Ministerio de Energ\u00eda y Minas","email":"","uri":"www.arconel.gob.ec"},{"name":"Coordinaci\u00f3n Nacional de Regulaci\u00f3n El\u00e9ctrica","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","email":"","uri":"www.arconel.gob.ec"},{"name":"Direcci\u00f3n T\u00e9cnica de Estudios, Informaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad","email":"","uri":"www.arconel.gob.ec"}]},"series_statement":{"series_name":"Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico","series_info":"El 10 de octubre de 1996, se publica la Ley de R\u00e9gimen del Sector El\u00e9ctrico (LRSE) como respuesta a la necesidad de reformular el grado de participaci\u00f3n estatal en este sector. Plantea como objetivo proporcionar al pa\u00eds un servicio el\u00e9ctrico de alta calidad y confiabilidad, para garantizar su desarrollo econ\u00f3mico y social, dentro de un marco de competitividad en el mercado de producci\u00f3n de electricidad.\n\nLa LRSE cre\u00f3 el Consejo Nacional de Electricidad (CONELEC), como persona jur\u00eddica de derecho p\u00fablico con patrimonio propio, autonom\u00eda administrativa, econ\u00f3mica, financiera y operativa, que comenz\u00f3 a operar el 20 de noviembre de 1997, una vez promulgado el Reglamento General Sustitutivo de la LRSE. De esta manera, el CONELEC se constituy\u00f3 como un ente regulador y controlador, responsable de elaborar las bases para el otorgamiento de concesiones de generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n de electricidad.\nAdem\u00e1s, el CONELEC fue responsable de dictar regulaciones a las cuales deb\u00edan ajustarse los generadores, transmisor, distribuidores, el CENACE y clientes del sector el\u00e9ctrico. A estos efectos las sociedades y personas sujetas a su control, estaban obligadas a proporcionar al CONELEC, la informaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera que le sea requerida.\n\nEn este contexto, como parte del desarrollo de un sistema de informaci\u00f3n para el sector el\u00e9ctrico, en el a\u00f1o 2009 se cre\u00f3 el sistema SISDAT (Sistematizaci\u00f3n de Datos del Sector El\u00e9ctrico) y se elabor\u00f3 el \"Instructivo para la Recolecci\u00f3n de la Informaci\u00f3n del Sector El\u00e9ctrico Nacional\". El SISDAT unifica la informaci\u00f3n estad\u00edstica del sector el\u00e9ctrico en una base de datos centralizada, permitiendo realizar el monitoreo en materia de infraestructura y transacciones de electricidad.\n\nEl 16 de enero de 2015, mediante Registro Oficial Nro. 418, se publica la Ley Org\u00e1nica del Servicio P\u00fablico de Energ\u00eda El\u00e9ctrica (LOSPEE), cuyo objetivo es garantizar que el servicio p\u00fablico de energ\u00eda el\u00e9ctrica cumpla los principios constitucionales de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, calidad, sostenibilidad ambiental, precauci\u00f3n, prevenci\u00f3n y eficiencia, para lo cual, corresponde a trav\u00e9s de este instrumento, normar el ejercicio de la responsabilidad del Estado de planificar, ejecutar, regular, controlar y administrar el servicio p\u00fablico de energ\u00eda el\u00e9ctrica.\n\nLa LOSPEE regula la participaci\u00f3n de los sectores p\u00fablico y privado, en actividades relacionadas con el servicio p\u00fablico de energ\u00eda el\u00e9ctrica, as\u00ed como tambi\u00e9n la promoci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes y proyectos con fuentes de energ\u00edas renovables y el establecimiento de mecanismos de eficiencia energ\u00e9tica.\n\nLa LOSPEE en su art\u00edculo 9 establece como parte de la estructura del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano a la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad (ARCONEL), como organismo t\u00e9cnico administrativo encargado del ejercicio de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionadas con el servicio p\u00fablico de energ\u00eda el\u00e9ctrica y el servicio de alumbrado p\u00fablico general, precautelando los intereses del consumidor o usuario final.\n\nConforme lo establecido en el art\u00edculo 14 de la LOSPEE, la ARCONEL es una instituci\u00f3n de derecho p\u00fablico, con personalidad jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa, t\u00e9cnica, econ\u00f3mica y patrimonio propio; est\u00e1 adscrita al Ministerio de Electricidad y Energ\u00eda Renovable, actual Ministerio de Ambiente y Energ\u00eda.\n\nDentro de las atribuciones y deberes de la ARCONEL se encuentra: \"Implementar, operar y mantener el sistema \u00fanico de operaci\u00f3n estad\u00edstica del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano\".\n\nEn este sentido, el SISDAT unifica la informaci\u00f3n estad\u00edstica que reportan los Participantes del sector el\u00e9ctrico y la consolida en una base de datos centralizada. Para conseguir este prop\u00f3sito se han definido ciertas estructuras de informaci\u00f3n que se encuentran en hojas de MS Excel y se agrupan en libros dependiendo del tipo de Participante. La informaci\u00f3n debe ser ingresada en estos formatos, y luego de realizada la validaci\u00f3n de los datos, deben ser subidos al SISDAT en formato XML, para ello es necesario contar con una cuenta de usuario proporcionada por el administrador del sistema. La informaci\u00f3n debe ingresarse al sistema en los plazos previamente establecidos.\n\nEn el SISDAT se dispone de informaci\u00f3n hist\u00f3rica desde el a\u00f1o 1999, de los datos operativos y t\u00e9cnicos de la infraestructura en las diferentes etapas del sector el\u00e9ctrico (generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n); as\u00ed como de las transacciones comerciales proporcionadas por los participantes del sector el\u00e9ctrico.\n\nCon el objetivo de disponer de la informaci\u00f3n de infraestructura georeferenciada, se crea en el a\u00f1o 2011, el Geoportal del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano, donde se publica datos de infraestructura y transacciones de las empresas generadoras, autorgeneradoras, transmisora y de las distribuidoras.\n\nEl suministro de insumos de informaci\u00f3n, datos estad\u00edsticos y geogr\u00e1ficos en permanente actualizaci\u00f3n, permiten visualizar y proyectar de manera objetiva y efectiva, aquellas acciones relacionadas con las actividades del sector el\u00e9ctrico referentes a generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n; y, ha sido presentada a inversionistas, organismos de gobierno, universidades, organismos internacionales, varios sectores interesados y a la comunidad en general, a trav\u00e9s de documentos impresos (libros, folletos, boletines, mapas, reportes e informes), medios digitales y aplicaciones para dispositivos m\u00f3viles.\n\nPara el correcto desarrollo del procesamiento de datos, la ARCONEL ha implementado tres herramientas inform\u00e1ticas que permiten un correcto y adecuado manejo de la informaci\u00f3n:\n\n1.- SISDAT, Sistematizaci\u00f3n de Datos del Sector El\u00e9ctrico implementado en el a\u00f1o 2009.\n2.- SIG - ARCONEL, Sistema de Informaci\u00f3n Geogr\u00e1fica implementado en el a\u00f1o 2011.\n3.- Miner\u00eda de Datos, implementado en el a\u00f1o 2013.\n\nEstos sistemas han permitido automatizar el manejo, procesamiento y publicaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que generan los participantes y entidades relacionadas en forma textual y gr\u00e1fica seg\u00fan el calendario programado; la cual se encuentra a disposici\u00f3n de los interesados a trav\u00e9s de la Intranet para los usuarios internos y el Internet en la p\u00e1gina web institucional para los usuarios internos y externos.\n\nEl 10 de diciembre de 2019, a trav\u00e9s de sesi\u00f3n de Directorio de la ARCONEL, se aprueba y resuelve expedir la Regulaci\u00f3n Nro. ARCONEL-002\/19, denominada \"Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano, SISDAT 2.0\", cuyo objetivo es establecer de forma integral criterios y normas para gestionar el proceso de operaci\u00f3n del Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico (SISDAT 2.0), en todas sus etapas.\n\nEl Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico (SISDAT 2.0), es un sistema estrat\u00e9gico de gesti\u00f3n de informaci\u00f3n, el cual est\u00e1 constituido por un conjunto de sistemas integrales de informaci\u00f3n que se comunican e interact\u00faan mediante aplicaciones y componentes inform\u00e1ticos; con el objeto de recolectar, analizar, almacenar, procesar, difundir e intercambiar la informaci\u00f3n que es producida por los Integrantes SISDAT.\n\nSe denomina Integrantes SISDAT a los Participantes y\/o instituciones del sector el\u00e9ctrico, CENACE y en general todas las entidades y organismos (p\u00fablicos o privados) que deben entregar y que consumen informaci\u00f3n del SISDAT 2.0.\n\nEn cumplimiento de la Regulaci\u00f3n mencionada, la Agencia emite anualmente el Plan Anual de Operaci\u00f3n Estad\u00edstica (PAO). Este documento presenta de forma integral criterios, acciones y requerimientos que los Integrantes SISDAT deber\u00e1n cumplir durante el accionar de las etapas que comprenden la operaci\u00f3n estad\u00edstica del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano; en el mismo se establecen: los plazos previstos para la entrega de informaci\u00f3n estad\u00edstica y geogr\u00e1fica del sector el\u00e9ctrico, mecanismos de captaci\u00f3n, m\u00f3dulos de informaci\u00f3n, formatos, calendario estad\u00edstico, responsables, eventos de capacitaci\u00f3n e \u00edndices de control, entre otros aspectos.\n\nMediante Decreto Ejecutivo Nro. 1036 de 06 de mayo de 2020, el Presidente Constitucional de la Rep\u00fablica decret\u00f3, entre otros aspectos:\n\n\u201cArt\u00edculo 1.- Fusi\u00f3nese la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control Minero, la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad y la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Hidrocarburos en una sola entidad denominada \u201cAgencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda y Recursos Naturales no Renovables\u201d.\n\nArt\u00edculo 2.- Una vez concluido el proceso de fusi\u00f3n, todas las atribuciones, funciones, programas, proyectos, representaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y dem\u00e1s normativa vigente que le correspond\u00edan a la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control Minero, a la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad y a la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Hidrocarburos, ser\u00e1n asumidas por la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda y Recursos Naturales no Renovables\u201d.\n\nA partir del 1 de julio de 2020, con la ejecuci\u00f3n de la fusi\u00f3n, la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), y sus dependencias, son responsables de gestionar y velar por el cumplimiento de todas las actividades previstas y los tr\u00e1mites pendientes de la extinta Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad (ARCONEL); y, de las atribuciones y deberes de la LOSPEE, del Reglamento a la LOSPEE y de la Ley Org\u00e1nica de Eficiencia Energ\u00e9tica (LOEE).\n\nEn el 2022 se implement\u00f3 el GeoSISDAT, un repositorio que guarda aplicaciones geogr\u00e1ficas como: el Geoportal, el localizador y los Dashboards, que naci\u00f3 sobre la necesidad de contar con una herramienta online, que presente la informaci\u00f3n de la infraestructura del sector el\u00e9ctrico, en una plataforma com\u00fan que facilite el intercambio de informaci\u00f3n SIG y servicios web. Se desarroll\u00f3 utilizando la aplicaci\u00f3n App Builder de ArcGIS On line. Por su parte, la informaci\u00f3n publicada en el geoportal el\u00e9ctrico, fue generada a partir del procesamiento de las capas geogr\u00e1ficas y base de datos de la infraestructura del sector el\u00e9ctrico (centrales de generaci\u00f3n, subestaciones, l\u00edneas de transmisi\u00f3n y subtransmisi\u00f3n, \u00e1reas de prestaci\u00f3n de servicio) que se procesaron en ArcGIS desktop y se publicaron mediante ArcGIS server por medio servicios web.\n\nEn el 2024 se efectu\u00f3 una actualizaci\u00f3n de la herramienta de miner\u00eda de datos, para lo cual, se implement\u00f3 la plataforma web denominada SISDAT Anal\u00edtica que permite automatizar el proceso de miner\u00eda de datos de la informaci\u00f3n estad\u00edstica de infraestructura y transacciones reportada en el SISDAT.\n\nMediante Decreto Ejecutivo Nro. 256, de 08 de mayo de 2024, el Presidente Constitucional de la Rep\u00fablica decret\u00f3, entre otros aspectos:\n\n\"Art\u00edculo 1.- Escindir la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), y crear las nuevas agencias: i) \"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control Minero, ARCOM\"; ii) \"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad, ARCONEL\"; y, \"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Hidrocarburos, ARCH\", como organismos t\u00e9cnicos administrativos encargados de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionadas con el sector minero, el\u00e9ctrico e hidrocarbur\u00edfero, en su orden, conforme a las competencias atribuidas en la Ley de Miner\u00eda, Ley Org\u00e1nica del Servicio P\u00fablico de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, Ley de Hidrocarburos Y Ley Org\u00e1nica de Competitividad Energ\u00e9tica; as\u00ed como, los Reglamentos de aplicaci\u00f3n.\n\nLas atribuciones, funciones, programas, proyectos, presentaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos, regulaciones y dem\u00e1s normativa vigente que correspond\u00eda a la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), ser\u00e1n asumidas por la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control Minero, la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad, y la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Hidrocarburos, considerando las atribuciones otorgadas por cada una de las leyes referentes a la materia.\"\n\nAsimismo, el art\u00edculo 7 del citado decreto, establece que \u201clas nuevas Agencias de Regulaci\u00f3n y Control, constantes en el art\u00edculo 1 del presente Decreto, permanecer\u00e1n adscritas al Ministerio de Energ\u00eda y Minas\"."},"study_info":{"abstract":"La informaci\u00f3n de la Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano producido por la Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad (ARCONEL), antes Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), es concisa, concreta, validada y amigable. Constituye un medio de an\u00e1lisis y orientaci\u00f3n para temas relacionados a la investigaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas, planificaci\u00f3n del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano entre otras, destinado especialmente para quienes est\u00e1n vinculados con el \u00e1rea de desarrollo del pa\u00eds.  Entre los principales usuarios que utilizan los datos estad\u00edsticos tenemos:\n\nOrganizaciones p\u00fablicas y privadas\nAcademia\nIntegrantes SISDAT \nProfesionales\nCiudadan\u00eda en general.\n\nEn la Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano, se presenta informaci\u00f3n de datos operativos y t\u00e9cnicos de la infraestructura, as\u00ed como de las transacciones comerciales proporcionadas por los participantes del sector el\u00e9ctrico (empresas generadoras, autogeneradoras, transmisore ydistribuidoras), datos reportados a trav\u00e9s del sistema SISDAT (Sistematizaci\u00f3n de Datos del Sector El\u00e9ctrico - SISDAT), seg\u00fan plazos establecidos en el Plan Anual de Operaci\u00f3n Estad\u00edstica (PAO).\n\nObjetivo:\n\nGenerar informaci\u00f3n estad\u00edstica referente a la gesti\u00f3n, actualizaci\u00f3n, validaci\u00f3n y procesamiento de la informaci\u00f3n de las empresas participantes del sector el\u00e9ctrico en las actividades de generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n, distribuci\u00f3n y alumbrado p\u00fablico de todos el pa\u00eds.\n\nEn la parte de infraestructura se dispone de la siguiente informaci\u00f3n.\n\n- Potencia  de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica instalada por tipo de tecnolog\u00eda (hidr\u00e1ulica, fotovoltaica, e\u00f3lica, biomasa y t\u00e9rmica). (MW).\n- Potencia instalada en subestaciones de transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n. (MW).\n- Longitud de l\u00edneas de transmisi\u00f3n y subtransmisi\u00f3n del transmisor y empresas distribuidoras. (km).\n- Longitud de los alimentadores primarios (media tensi\u00f3n) por empresa distribuidora. (km).\n- Transformadores de distribuci\u00f3n por empresa distribuidora.\n- Longitud de redes de bajo voltaje por empresa distribuidora. (km).\n- Luminarias por empresa distribuidora.\n- Acometidas por empresa distribuidora.\n- Medidores por empresa distribuidora.\n- Clientes por empresa.\n\nEn la parte de transacciones comerciales se dispone de la siguiente informaci\u00f3n.\n\n- Compra venta de energ\u00eda (MWh, USD) a nivel de generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n.\n- Compra venta de energ\u00eda (MWh, USD) a nivel internacional (interconexiones Colombia y Per\u00fa)\n- Facturaci\u00f3n del servicio el\u00e9ctrico y alumbrado p\u00fablico general (MWh, USD) a clientes finales\n\nLa operaci\u00f3n estad\u00edstica \"Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano\" con base a la informaci\u00f3n disponible genera los siguientes productos.\n\n  \n- Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano del a\u00f1o n-1 (Estad\u00edstica Anual y Multianual, Atlas, SISDAT APP, Video de la operaci\u00f3n estad\u00edstica).\n\n- Geosisdat Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano.\n\n- Revista Bimensual Panorama El\u00e9ctrico.\n\n- SISDAT BI y reportes de infraestructura y transacciones comerciales hasta el mes n-2 en un ambiente de visualizaci\u00f3n web y en archivos planos (Excel, PDF, Word)\n\n-  Secci\u00f3n estad\u00edsticas y mapas.\n \n Se puede consultar los productos hist\u00f3ricos de la operaci\u00f3n estad\u00edstica en la p\u00e1gina web de la Instituci\u00f3n.  \n\n* Nota: para mayor informaci\u00f3n se puede remitir a la p\u00e1gina web institucional.","time_periods":[{"start":"2024-12-31","end":"2024-01-01","cycle":""},{"start":"2024-12-31","end":"","cycle":"Anual"}],"coll_dates":[{"start":"2024-01-01","end":"2024-12-31","cycle":"Mensual"}],"nation":[{"name":"Ecuador","abbreviation":"ECU"}],"geog_coverage":"El dominio de estudio son las 24 provincias del Ecuador.","geog_unit":"El nivel para la investigaci\u00f3n es Nacional:\n\nEn el Formulario INF-020 Cobertura, se registra informaci\u00f3n nacional del n\u00famero de clientes con desagregaci\u00f3n parroquial.\nEn el Formulario INF-050 Luminarias, se registra informaci\u00f3n nacional de luminarias con desagregaci\u00f3n cantonal.","analysis_unit":"Las unidades de an\u00e1lisis de la operaci\u00f3n estad\u00edstica son:\n\nParticipante.- Persona natural o jur\u00eddica dedicada a la actividad de generaci\u00f3n, autogeneraci\u00f3n, transmisi\u00f3n, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n, Alumbrado P\u00fablico General, importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, as\u00ed como tambi\u00e9n las personas naturales o jur\u00eddicas que sean considerados Consumidores o Usuarios Finales.\n\nEmpresa Generadora.- Persona jur\u00eddica cuyo T\u00edtulo Habilitante le faculta realizar la actividad de generaci\u00f3n y la venta de Energ\u00eda El\u00e9ctrica. Existen 49 empresas generadoras, una de las cuales es una Corporaci\u00f3n que aglutina a 11 unidades de negocio.\n\nEmpresa Autogeneradora.- Persona jur\u00eddica productora de energ\u00eda el\u00e9ctrica, cuya producci\u00f3n est\u00e1 destinada a abastecer sus puntos de consumo propio, pudiendo producir excedentes de generaci\u00f3n que pueden ser puntos a disposici\u00f3n de la demanda. Existen 17 empresas autogeneradoras.\n\nEmpresa Transmisora.- Persona jur\u00eddica cuyo t\u00edtulo habilitante le permite ejercer la actividad de transmisi\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica. Para el caso ecuatoriano le corresponde este rol a la Corporaci\u00f3n El\u00e9ctrica del Ecuador - Unidad de Negocio TRANSELECTRIC.\n\nEmpresa Distribuidora.- Persona jur\u00eddica cuyo t\u00edtulo habilitante le faculta realizar las actividades de distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica y el servicio de alumbrado p\u00fablico general, dentro de su \u00e1rea de servicio. A nivel nacional existen 10 empresas distribuidoras incluyendo la Empresa P\u00fablica Estrat\u00e9gica Corporaci\u00f3n Nacional de Electricidad (CNEL EP), la cual tiene a su vez 11 unidades de negocio.","universe":"Est\u00e1 constituido por todas las empresas generadoras, autogeneradoras, transmisor y distribuidoras.","data_kind":"Registros Administrativos (adm)","notes":"1 FORMULARIOS DE INFRAESTRUCTURA.\n\n1.1 Formulario INF-020 Cobertura. - Este formulario registra informaci\u00f3n mensual de los consumidores regulados por tipo de categor\u00eda tarifaria, pudiendo desagregarse a nivel de provincia, cant\u00f3n, parroquia y por empresa distribuidora.\n\n1.2 Formulario INF-040 Redes Media Tensi\u00f3n. - Este formulario registra informaci\u00f3n mensual con respecto a las redes de media tensi\u00f3n, como longitud y tipo; adem\u00e1s, de los transformadores de distribuci\u00f3n conectados a dichas redes, pudiendo desagregarse por empresa distribuidora.\n\n1.3 Formulario INF-050 Luminarias. Este formulario registra informaci\u00f3n mensual relacionada con las luminarias para alumbrado p\u00fablico, pudiendo desagregarse por empresa distribuidora.\n \n1.4 Formulario INF-060 Redes Secundarias. Este formulario registra informaci\u00f3n mensual de las redes secundarias o de bajo voltaje, como longitud y tipo, pudiendo desagregarse por empresa distribuidora.\n\n1.5 Formulario INF-070 Acometidas. Este formulario registra informaci\u00f3n mensual de las acometidas, por tipo y por empresa distribuidora.\n\n1.6 Formulario INF-080 Medidores. Este formulario registra informaci\u00f3n de los medidores instalados a los consumidores, por tipo y por empresa distribuidora.\n\n\n2 FORMULARIOS DE TRANSACCIONES\n\n2.1 Formulario TRA-180 Energ\u00eda producida. Este formulario presenta informaci\u00f3n de la producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica y el consumo de combustible.\n\n2.2 Formulario TRA-190 Balance de producci\u00f3n. Este formulario presenta un balance de la energ\u00eda generada.\n\n2.3 Formulario TRA-010 Energ\u00eda Vendida.  Este formulario registra informaci\u00f3n de energ\u00eda vendida.\n\n2.4 Formulario TRA-130 Facturaci\u00f3n Clientes Regulados.  Este formulario registra informaci\u00f3n de la facturaci\u00f3n a consumidores regulados; de las variables 1 a la 34 es utilizada para la operaci\u00f3n estad\u00edstica.\n\n2.5 Formulario TRA-080 Facturaci\u00f3n Clientes No Regulados. Este formulario registra informaci\u00f3n de la facturaci\u00f3n a Consumidores No Regulados.\n\n2.6 Formulario TRA-160 Energ\u00eda Comprada. Este formulario registra informaci\u00f3n de la energ\u00eda comprada.\n\n2.7 Formulario TRA-040 Balance Energ\u00eda.  Este formulario registra informaci\u00f3n del Balance de Energ\u00eda de las distribuidoras.\n\n2.8 Formulario TRA-060 P\u00e9rdidas. Este formulario registra informaci\u00f3n sobre las p\u00e9rdidas de energ\u00eda en las distintas etapas funcionales del sistema el\u00e9ctrico."},"method":{"data_collection":{"data_collectors":[{"name":"Empresa Generadora","abbr":"G","role":"","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad"},{"name":"Empresa Autogeneradora","abbr":"A","role":"","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad"},{"name":"Empresa Transmisora","abbr":"T","role":"","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad"},{"name":"Empresa Distribuidora","abbr":"D","role":"","affiliation":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad"}],"coll_mode":["Internet [int]"],"research_instrument":"Para la recolecci\u00f3n de datos, en la operaci\u00f3n estad\u00edstica se dispone de formularios digitales predise\u00f1ados con par\u00e1metros afines al sector el\u00e9ctrico, entre los cuales se incluye la ubicaci\u00f3n georeferenciada de los distintos elementos que conforman la infraestructura del sector el\u00e9ctrico. El participante (coordinador SISDAT) previamente capacitado descarga estos formularios desde el ambiente SISDAT, en los cuales deber\u00e1 reportar mensualmente los valores requeridos en funci\u00f3n de la variable establecida en cada columna de los formularios, excepto en determinados campos o celdas que se calculan autom\u00e1ticamente. Cabe mencionar que toda la informaci\u00f3n requerida es actualizada peri\u00f3dicamente en las bases de datos de los propios participantes; por lo tanto, es de plena disponibilidad para los reportes mensuales requeridos por la Agencia.\n\nUna vez ingresada toda la informaci\u00f3n en cada uno de los formularios, los participantes (coordinadores SISDAT) suben dichos formularios al ambiente SISDAT, sujetos a un plan mensual de entrega. Cabe mencionar que adicional a la capacitaci\u00f3n para el manejo y uso del sistema SISDAT y sus formularios asociados, los participantes cuentan un instructivo SISDAT, donde se encuentra descrita la definici\u00f3n de cada variable requerida.\n\nLa tem\u00e1tica de los formularios ha sido establecida por funcionarios de la Agencia mediante reuniones de directorio. Toda la informaci\u00f3n requerida en los formularios es af\u00edn al sector el\u00e9ctrico, con base a criterios t\u00e9cnicos que faciliten la elaboraci\u00f3n de estudios el\u00e9ctricos con base a informaci\u00f3n estad\u00edstica confiable. \n\nEn el 2009 se lleva a cabo un taller de capacitaci\u00f3n y lanzamiento del SISDAT al cual fueron convocadas las empresas distribuidoras, autogeneradoras y generadoras del pa\u00eds (un representante por cada una), a fin de capacitarlos y a la vez establecer pruebas piloto junto con ellos. En dicho taller, los participantes del sector procedieron con la carga de los formularios de infraestructura y transacciones, recibiendo el oportuno soporte t\u00e9cnico por parte de los representantes del extinto CONELEC, actual ARCONEL. Las pruebas piloto arrojaron peque\u00f1os problemas en el proceso de validaci\u00f3n y solicitudes de recargas, los mismos que fueron anotados y presentados a la empresa de servicios de tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n contratada, la misma que efectu\u00f3 las correcciones respectivas, que, en adelante, permitieron el correcto funcionamiento del sistema SISDAT.\n\nParticipativo: Por cuanto el formulario es enviado a una instituci\u00f3n para que sea llenado de acuerdo a las especificaciones detalladas en el instructivo. \n\nTipo de cuestionario: Dirigido a los participantes del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano. \n\n1.- Formularios de infraestructura\n2.- Formularios de transacciones\n\nLos formularios digitales de infraestructura y transacciones con toda la informaci\u00f3n solicitada se receptan mensualmente (de acuerdo a lo establecido en el PAO) de manera automatizada en el SISDAT.\n\nEstructurado: por cuanto solamente tiene preguntas cerradas (respuestas pre-codificadas).","sources":[{"name":"","origin":"","characteristics":""}],"coll_situation":"1.- En el proceso de Recolecci\u00f3n de datos estad\u00edsticos y geogr\u00e1ficos, para el a\u00f1o 2024, participaron 101 coordinadores SISDAT, de los cuales 58  pertenecen a Generadores, 22  a Autogeneradores, 1 al Transmisor y 20 a las Distribuidoras, en su calidad de proveedores de datos, en tanto que, por parte de la ARCONEL, participaron 4 funcionarios de la DTEII, como responsables directos de la recepci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y procesamiento de datos.\n\n2. Algunos datos de infraestructura son reportados directamente en el ambiente WEB del SISDAT y no a trav\u00e9s de archivos XML. Esta modalidad se habilit\u00f3 considerando que estos datos de infraestructura tienen una baja frecuencia de actualizaci\u00f3n, a diferencia de los datos que son reportados a trav\u00e9s de archivos XML, los cuales requieren una actualizaci\u00f3n mensual.\n\n3. Hay datos geogr\u00e1ficos, correspondientes a la infraestructura de las Distribuidoras, homologados a nivel nacional hasta el punto de medici\u00f3n, que son generados a trav\u00e9s de GeoDataBases administradas por un Comit\u00e9 T\u00e9cnico del SIG, que por delegaci\u00f3n del Ministerio Rector, es liderado por una de las Distribuidoras. Esta informaci\u00f3n es remitida por las Distribuidoras  mensualmente a la ARCONEL, mediante r\u00e9plicas, a trav\u00e9s de los siguientes medios: FTPs y Google Drive.","act_min":"Seguimiento y control a la entrega de la informaci\u00f3n\n\nMediante la herramienta del SISDAT se puede visualizar el avance en la entrega de informaci\u00f3n, as\u00ed tambi\u00e9n se obtienen reportes de entrega de la informaci\u00f3n del sistema:\n\n1.- Interfaces Pendientes\n2.- Control de entrega de formularios\n3.- Control de entrega de formularios por mes\n4.- Solicitudes de recarga \n\nCuando el participante presenta inconvenientes para reportar o subir la informaci\u00f3n al SISDAT, se da soporte oportuno por parte del personal de la Direcci\u00f3n T\u00e9cnica de Estudios, Informaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n,  para atender sus requerimientos presentados en cuanto a informaci\u00f3n estad\u00edstica, utilizando los siguientes mecanismos:\n\n1.- V\u00eda telef\u00f3nica.\n2.- V\u00eda mail\n3.- V\u00eda Quipux\n4.- Combinaci\u00f3n de los anteriores\n\nEl proceso realizado en el sistema se registra en una base de datos de AUDITORIA.","cleaning_operations":"Procesamiento y validaci\u00f3n de datos.\n\nLa Agencia dispone del documento \"Instructivo para la miner\u00eda de datos de la informaci\u00f3n estad\u00edstica\", cuyo alcance comprende las actividades y par\u00e1metros t\u00e9cnicos para la ejecuci\u00f3n de la miner\u00eda de datos de la informaci\u00f3n estad\u00edstica, desde la etapa de captaci\u00f3n de la informaci\u00f3n hasta la etapa de cierre final de la informaci\u00f3n estad\u00edstica.\n\nEn el procesamiento y validaci\u00f3n de datos se ejecutan las siguientes acciones:\n\n1.- En primera instancia, los formularios preestablecidos (formulario programado) para registrar la informaci\u00f3n por parte de los participantes, dispone de validaciones mediante la programaci\u00f3n de macros para los datos ingresados.\n\n2.- El momento que el participante intenta reportar o subir la informaci\u00f3n en la plataforma del SISDAT, el sistema tambi\u00e9n realiza validaciones a los datos reportados, si se detecta alguna inconsistencia en la informaci\u00f3n, el sistema rechaza el formulario y emite el mensaje de error. En este caso si el participante no puede solventar el error presentado, el personal de la Direcci\u00f3n T\u00e9cnica de Estudios, Informaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n, da el soporte necesario para subir la informaci\u00f3n.\n\n3.- Mediante la herramienta SISDAT Anal\u00edtica se realiza el an\u00e1lisis de datos reportados por los participantes, para lo cual:\n\n- Se realiza un cierre con la informaci\u00f3n del mes de an\u00e1lisis\n- Se ejecuta el aplicativo SISDAT Anal\u00edtica a fin de verificar la \u00faltima informaci\u00f3n reportada en el \u00faltimo mes sobre los datos hist\u00f3ricos.\n- Se inicia el proceso de verificaci\u00f3n de los datos reportados sobre los posibles valores at\u00edpicos generados por la Miner\u00eda de Datos y por criterios establecidos. De existir novedades se procede con la retroalimentaci\u00f3n a los participantes para la actualizaci\u00f3n o revisi\u00f3n de datos detectados como posibles inconsistencias o errores en la informaci\u00f3n reportada.\n- El participante revisa y corrige los datos observados de ser el caso.\n- Se procede a un cierre final de la informaci\u00f3n reportada, revisada y validada, a trav\u00e9s de un proceso de corrida de un script en SQL, a trav\u00e9s del cual se llenan tablas predefinidas que consolidan la informaci\u00f3n estad\u00edstica (SISDAT), misma que se convierte en insumo para la informaci\u00f3n geogr\u00e1fica (SIG_ARCONEL)\n- Se procede con el procesamiento y elaboraci\u00f3n de los distintos reportes, informes y requerimientos solicitados por los usuarios de la informaci\u00f3n del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano."},"method_notes":"En el a\u00f1o 2024 se continu\u00f3 con el proceso de recolecci\u00f3n de informaci\u00f3n de manera mensual.\n\n1.- Organizaci\u00f3n y Preparaci\u00f3n\n\nCon el fin de optimizar la gesti\u00f3n de los procesos de recolecci\u00f3n de datos, el CONELEC estableci\u00f3 en el 2009 el sistema automatizado de recolecci\u00f3n de datos denominado Sistematizaci\u00f3n de Datos del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano (SISDAT), el mismo que fue desarrollado por una empresa de servicios de tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n contratada por el CONELEC. La recolecci\u00f3n de datos experiment\u00f3 un proceso de automatizaci\u00f3n, ya que, a partir del 2009, la informaci\u00f3n proveniente de los participantes del sector se recepta mediante formularios, con extensi\u00f3n XML, previamente establecidos y alineados a par\u00e1metros del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano, para finalmente ser receptados y validados en el SISDAT.\n\nEn el 2009 se llev\u00f3 a cabo un taller de capacitaci\u00f3n y lanzamiento del SISDAT al cual fueron convocadas las empresas distribuidoras, autogeneradoras y generadoras del pa\u00eds (un representante por cada una), a fin de capacitarlos y a la vez establecer pruebas piloto junto con ellos. En dicho taller, los participantes del sector procedieron con las cargas de los formularios de infraestructura y transacciones, recibiendo el oportuno soporte t\u00e9cnico por parte de los representantes del ex CONELEC actual ARCONEL. Las pruebas piloto arrojaron peque\u00f1os problemas en el proceso de validaci\u00f3n y solicitudes de recargas, los mismos que fueron anotados y presentados a la empresa de servicios de tecnolog\u00eda de informaci\u00f3n contratada, la misma que efectu\u00f3 las correcciones respectivas, que en adelante, permitieron el correcto funcionamiento del sistema SISDAT.\n\nLas capacitaciones abarcan temas tales como: uso y manejo del SISDAT, reporte de informaci\u00f3n en el entorno SISDAT, reporte de informaci\u00f3n mediante formularios XML, descripci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de cada formulario, procesos de validaci\u00f3n, correcci\u00f3n de errores, presentaci\u00f3n de publicaciones estad\u00edsticas anteriores y bases de datos aplanados en materia de operaci\u00f3n estad\u00edstica.  La informaci\u00f3n estad\u00edstica reposa en la web institucional y geo portal del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano.\n\nEl responsable de reportar la informaci\u00f3n es designado por cada Participante, el cual asume el cargo de Coordinador SISDAT y que desempe\u00f1ar\u00e1 sus funciones de forma permanente (a no ser que la misma empresa delegue las funciones a otro funcionario por disposiciones internas). Las capacitaciones contin\u00faan anualmente, mediante seminarios - talleres, en las cuales se da a conocer la estad\u00edstica de ese a\u00f1o y actualizaciones realizadas o previstas para los formularios, en caso de existirlas. Los participantes convocados son: generadores, autogeneradores, transmisor y distribuidores. \n\nEn caso de existir nuevos participantes que se incorporan al sector, estos son capacitados en las instalaciones de la ARCONEL o de manera virtual por parte de los funcionarios de la Direcci\u00f3n T\u00e9cnica de Estudios, Informaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n.  La convocatoria se realiza de manera individual o en grupo, esto depender\u00e1 de la cantidad de participantes nuevos o de la fecha de ingreso a operaci\u00f3n comercial de la empresa en cuesti\u00f3n.\n \n2.- Recolecci\u00f3n de la Informaci\u00f3n.\n\nLa entrega de informaci\u00f3n en el SISDAT por parte de los participantes, se efect\u00faa conforme lo establecido en el Plan Anual de Operaci\u00f3n Estad\u00edstica (PAO), el cual se emite y difunde cada a\u00f1o, y contempla, entre otros aspectos, los formularios a reportarse, la periodicidad y las fechas l\u00edmite de entrega de la informaci\u00f3n.\n\nLa informaci\u00f3n o formularios son receptados con periodicidad mensual y estos contienen la informaci\u00f3n del mes n-2, es decir que, en el mes de febrero del a\u00f1o posterior se cierra la informaci\u00f3n (con la informaci\u00f3n del mes de diciembre) del a\u00f1o en estudio o concluido.\n\nLa recolecci\u00f3n de la informaci\u00f3n se lo realiza mediante formularios Excel preestablecidos (programados), mismos que se transforman en archivos XML que son remitidos v\u00eda web por todos los participantes (Generador, Autogenerador, Distribuidor, Transmisor) incorporados al sector el\u00e9ctrico, en fechas y plazos establecidos.","analysis_info":{"sampling_error_estimates":"SISDAT Anal\u00edtica:\n\nAplicativo web que apoya en el proceso de revisi\u00f3n y validaci\u00f3n de la informaci\u00f3n reportada por los participantes del sector el\u00e9ctrico ecuatoriano, utiliza modelos (algoritmos) estad\u00edsticos para la determinaci\u00f3n de posibles errores (valores at\u00edpicos) en base a la variaci\u00f3n de los datos hist\u00f3ricos que se dispone en las bases de datos, esto se aplica a la informaci\u00f3n de transacciones comerciales e infraestructura reportada por los participantes.","data_appraisal":"Se utiliza archivos Excel con estad\u00edstica b\u00e1sica o programada (macros) para establecer posibles valores at\u00edpicos dentro de un rango de variaci\u00f3n. Si existen valores fuera del rango se procede a revisar al detalle con el participante, y de ser el caso corregir y actualizar el dato.\n\nSe realiza una Autoevaluaci\u00f3n anual por el INEC a la Operaci\u00f3n Estad\u00edstica.\n\nLa Autoevaluaci\u00f3n es el an\u00e1lisis integral, sistem\u00e1tico y regular que cada entidad realiza a sus propias operaciones estad\u00edsticas, bajo un marco establecido para el efecto. El Objetivo es sensibilizar a las entidades del SEN sobre sus fortalezas y debilidades en materia de calidad estad\u00edstica. Se eval\u00faa el cumplimiento del C\u00f3digo de Buenas Pr\u00e1cticas Estad\u00edsticas (CBP) y el Modelo de Producci\u00f3n Estad\u00edstica (MPE). Lo realizan los responsables de las operaciones estad\u00edsticas (que tengan pleno conocimiento de la operaci\u00f3n)."}},"data_access":{"dataset_use":{"conf_dec":[{"txt":"Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador (CRE)\n\n\u00b7Art\u00edculo 66, numeral 19: El derecho a la protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal, que incluye el acceso y la decisi\u00f3n sobre informaci\u00f3n y datos de este car\u00e1cter, as\u00ed como su correspondiente protecci\u00f3n. La recolecci\u00f3n, archivo, procesamiento, distribuci\u00f3n o difusi\u00f3n de estos datos o informaci\u00f3n requerir\u00e1n la autorizaci\u00f3n del titular o el mandato de la ley. 20. El derecho a la intimidad personal y familiar.\n\nLey Org\u00e1nica de Protecci\u00f3n de Datos Personales (LOPDP)\n\n\u00b7Art. 1.-Objeto y finalidad. -El objeto y finalidad de la presente ley es garantizar el ejercicio del derecho a la protecci\u00f3n de datos personales, que incluye el acceso y decisi\u00f3n sobre informaci\u00f3n y datos de este car\u00e1cter, as\u00ed como su correspondiente protecci\u00f3n, Para dicho efecto regula, prev\u00e9 y desarrolla principios, derechos, obligaciones y mecanismos de tutela.\n\n\u00b7Art\u00edculo 4 (Definiciones): Define el \"Dato personal\" como todo dato que identifica o hace identificable a una persona natural.\n\n\u00b7Art\u00edculo 7 (Tratamiento leg\u00edtimo): Establece las condiciones para el tratamiento l\u00edcito de datos personales, siendo el consentimiento del titular la principal condici\u00f3n, o que sea necesario para el cumplimiento de una obligaci\u00f3n legal, entre otras causales.\n\n\u00b7Art. 10.-Principios, literal g.- Confidencialidad.-El tratamiento de datos personales debe concebirse sobre la base del debido sigilo y secreto, es decir, no debe tratarse o comunicarse para un fin distinto para el cual fueron recogidos, a menos que concurra una de las causales que habiliten un nuevo tratamiento conforme los supuestos de tratamiento leg\u00edtimo se\u00f1alados en esta ley. Para tal efecto, el responsable del tratamiento deber\u00e1 adecuar las medidas t\u00e9cnicas organizativas para cumplir con este principio.\n\n\u00b7Art. 37.-Seguridad de datos personales.-El responsable o encargado del tratamiento de datos personales seg\u00fan sea el caso, deber\u00e1 sujetarse al principio de seguridad de datos personales, para lo cual deber\u00e1 tomar en cuenta las categor\u00edas y volumen de datos personales, el estado de la t\u00e9cnica, mejores pr\u00e1cticas de seguridad integral y los costos de aplicaci\u00f3n de acuerdo con la naturaleza, alcance, contexto y los fines del tratamiento, as\u00ed como identificar la probabilidad de riesgos. \n\nEl responsable o encargado del tratamiento de datos personales, deber\u00e1 implementar un proceso de verificaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y valoraci\u00f3n continua y permanente de la eficiencia, eficacia y efectividad de las medidas de car\u00e1cter t\u00e9cnico, organizativo y de cualquier otra \u00edndole, implementadas con el objeto de garantizar y mejorar la seguridad del tratamiento de datos personales.\n\nEl responsable o encargado del tratamiento de datos personales deber\u00e1 evidenciar que las medidas adoptadas e implementadas mitiguen de forma adecuada los riesgos identificados\n  \nLey Org\u00e1nica del Sistema Nacional de Registro de Datos P\u00fablicos\n\n\u00b7Art. 6.- Accesibilidad y confidencialidad.- Son confidenciales los datos de car\u00e1cter personal, tales como: ideolog\u00eda, afiliaci\u00f3n pol\u00edtica o sindical, etnia, estado de salud, orientaci\u00f3n sexual, religi\u00f3n, condici\u00f3n migratoria y los dem\u00e1s atinentes a la intimidad personal y en especial aquella informaci\u00f3n cuyo uso p\u00fablico atente contra los derechos humanos consagrados en la Constituci\u00f3n e instrumentos internacionales. \nEl acceso a estos datos s\u00f3lo ser\u00e1 posible con autorizaci\u00f3n expresa del titular de la informaci\u00f3n, por mandato de la ley o por orden judicial.\nTambi\u00e9n son confidenciales los datos cuya reserva haya sido declarada por la autoridad competente, los que est\u00e9n amparados bajo sigilo bancario o burs\u00e1til, y los que pudieren afectar la seguridad interna o externa del Estado.\n\nLa autoridad o funcionario que por la naturaleza de sus funciones custodie datos de car\u00e1cter personal, deber\u00e1 adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger y garantizar la reserva de la informaci\u00f3n que reposa en sus archivos.","required":"yes","form_no":"","form_uri":""}],"contact":[{"name":"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Energ\u00eda","affiliation":"Ministerio de Energ\u00eda y Minas","email":"","uri":"www.arconel.gob.ec"}],"cit_req":"\"Agencia de Regulaci\u00f3n y Control de Electricidad, Estad\u00edstica del Sector El\u00e9ctrico Ecuatoriano\", ESEE, Versi\u00f3n 1.0","conditions":"L\u00edneas de Acci\u00f3n:\n\nProtocolos de acceso a la informaci\u00f3n:\n \nConstituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador (CRE)\n\n\u00b7\tArt\u00edculo 18, numeral 2: Acceder libremente a la informaci\u00f3n generada en entidades p\u00fablicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones p\u00fablicas. No existir\u00e1 reserva de informaci\u00f3n excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violaci\u00f3n a los derechos humanos, ninguna entidad p\u00fablica negar\u00e1 la informaci\u00f3n.\n\nLey Org\u00e1nica de Transparencia y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica\n\n\u00b7\tArt. 1.- Principio de Publicidad de la Informaci\u00f3n P\u00fablica.- El acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica es un derecho de las personas que garantiza el Estado. Toda la informaci\u00f3n que emane o que est\u00e9 en poder de las instituciones, organismos y entidades, personas jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico o privado que, para el tema materia de la informaci\u00f3n tengan participaci\u00f3n del Estado o sean concesionarios de \u00e9ste, en cualquiera de sus modalidades, conforme lo dispone la Ley Org\u00e1nica de la Contralor\u00eda General del Estado; las organizaciones de trabajadores y servidores de las instituciones del Estado, instituciones de educaci\u00f3n superior que perciban rentas del Estado, las denominadas organizaciones no gubernamentales (ONGs), est\u00e1n sometidas al principio de publicidad; por lo tanto, toda informaci\u00f3n que posean es p\u00fablica, salvo las excepciones establecidas en esta Ley.\n\n\u00b7\tArt. 4.- Principios de Aplicaci\u00f3n de la Ley.- En el desarrollo del derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica se observar\u00e1n los siguientes principios:\n\n a) La informaci\u00f3n p\u00fablica pertenece a los ciudadanos. El Estado y las instituciones privada depositarias de archivos p\u00fablicos, son sus administradores y est\u00e1n obligados a garantizar el acceso a la informaci\u00f3n; b) El acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, ser\u00e1 por regla general gratuito a excepci\u00f3n de los costos de reproducci\u00f3n y estar\u00e1 regulado por las normas de esta Ley.\nArt. 9.- Responsabilidad sobre la entrega de la Informaci\u00f3n P\u00fablica.- El titular de la entidad o representante legal, ser\u00e1 el responsable y garantizar\u00e1 la atenci\u00f3n suficiente y necesaria a la publicidad de la informaci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como su libertad de acceso.","disclaimer":"El usuario de los datos reconoce que el colector original de los datos, el distribuidor autorizado de los datos, y la agencia de financiaci\u00f3n pertinente no tienen ninguna responsabilidad por el uso de los datos o de las interpretaciones o inferencias basadas en dichos usos."}}},"schematype":"survey"}