Ecuador - Estadística de Defunciones Generales y Fetales 2007
ID del Estudio | ECU-INEC-DIES-DEFUNCIONES GENERALES Y FETALES-2007-v1.1 |
Año | 2007 |
País | Ecuador |
Productor(es) | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) - Secretaría Nacional de Planificación (SENPLADES) |
Financiamiento | Instituto Nacional de Estadística y Censos - INEC - Financiamiento de toda la operación estadística |
Colección(es) | |
Metadatos | Descargar DDI Descargar RDF |
Creado el | 19 Jul, 2012 |
Última modificación | 27 Oct, 2022 |
Visitas a la página | 39240 |
Descargas | 20881 |
- Descripción de la operación estadística
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
- Materiales Relacionados
Acta de inscripción
(acta)
Archivo: Defunciones Generales 2007
Archivo: Defunciones Generales 2007
Información general
Tipo:
Continua Formato: numérica Ancho: 5 Decimales: 0 Rango: 1-49291 | Casos válidos: 58016 Inválidos: 0 Mínimo: 1 Máximo: 45653 Principal: 884.3 Desviación Estandar: 1742.1 |
Se refiere al número de documento del Registro Civil en el que consta el acta de defunción.
Defunción:
Es la desaparición total y permanente de todo signo de vida en un momento cualquiera posterior al nacimiento, sin posibilidad de resurrección.
Defunción:
Es la desaparición total y permanente de todo signo de vida en un momento cualquiera posterior al nacimiento, sin posibilidad de resurrección.
Constituye cada una de las actas de defunciones generales ocurridas y registradas en el territorio nacional durante el año de investigación.
Directo: Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.
Preguntas e instrucciones
P.4
Acta de Inscripción N°.
(Debe ser el mismo que consta en el libro de Inscripciones)
Acta de Inscripción N°.
(Debe ser el mismo que consta en el libro de Inscripciones)
Anote el número de Acta de inscripción, empezando con el número (1) la primera defunción inscrita en el año de información, siguiendo la numeración en orden ascendente, sin repetir ni omitir ningún número hasta el 31 de diciembre del mismo año. Este número deberá corresponder directamente al que consta en el libro de Registros que mantiene la Oficina de Registro Civil.
Otros
Información pública.