Ecuador - Encuesta de Manufactura, Minería y Construcción 2015, Tomo I, Tomo II
ID del Estudio | IDD-ECU-INEC-DECON-EMM-2015-V1.2 |
Año | 2015 |
País | Ecuador |
Productor(es) | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) - Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) |
Financiamiento | Instituto Nacional de Estadística y Censos - INEC - Financiamiento de toda la operación estadística |
Colección(es) | |
Metadatos | Descargar DDI Descargar RDF |
Creado el | 26 Jul, 2017 |
Última modificación | 26 Jul, 2017 |
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- Descripción de la operación estadística
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
- Materiales Relacionados
Grupo de variables
- Identificación y ubicación de la empresa
- Personal ocupado
- Remuneraciones
- Producción
- Propietarios y socios
- Trabajadores familiares
- Trabajadores ejecutivos y gerenciales
- Obreros
- Empleados
- Sueldos y salarios
- Ingresos por servicios
- Insumos
- Gastos de operación
- Adquisición de activos fijos nuevos
- Existencias
- Combustibles y lubricantes
- Energía Eléctrica
VALOR DE ACEITES
(valaceit)
Archivo: 2015_EMM_Base_de_datos
Archivo: 2015_EMM_Base_de_datos
Información general
Tipo:
Continua Formato: numérica Ancho: 7 Decimales: 0 Rango: 0-2046248 | Casos válidos: 1221 Inválidos: 13 Mínimo: 0 Máximo: 2046248 Principal: 9150.6 Desviación Estandar: 83923.3 |
Definición
Es el valor pagado por la empresa por el gasto incurrido de aceite para realizar su actividad.
Universo de estudio
Constituye el valor de aceite que paga los establecimientos de manufactura y minería en el año investigado.
Fuente de información
Directo: Gerente financiero o contador general o asistente de contabilidad o gerente de producción o jefe de planta o el jefe de recursos humanos.
Preguntas e instrucciones
Pregunta textual
Cap.VII,Li.138, Col. 3P.
Aceites.
Aceites.
Instrucciones del entrevistador o quien captura los datos
El valor pagado por los combustibles y lubricantes utilizados con otro fin; como por ejemplo en los vehículos que se utilizan en la distribución de mercaderías; para los tres sectores, deberá ser registrado en el capítulo VI (línea 86 para Comercio; 87 para Servicios y 88para Manufactura).
Si se trata de una empresa de comercio y tiene esta información, consolide la misma con la que consta en el capítulo VI línea 86 y desglose dicho valor en el capítulo X, tanto en lo que se refiere a cantidad como valor.
Si se trata de una empresa de comercio y tiene esta información, consolide la misma con la que consta en el capítulo VI línea 86 y desglose dicho valor en el capítulo X, tanto en lo que se refiere a cantidad como valor.