Ecuador - Censo de Información Ambiental Económica en Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales 2016
ID del Estudio | ECU-INEC-DEAGA-CEIAEGADP-2016-v1.5 |
Año | 2016 |
País | Ecuador |
Productor(es) | Instituto Nacional de Estadística y Censos - Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) |
Financiamiento | Ministerio de Finanzas - MF - Financiar la operación estadística |
Colección(es) | |
Metadatos | Descargar DDI Descargar RDF |
Creado el | 09 Apr, 2018 |
Última modificación | 09 Apr, 2018 |
Visitas a la página | 232579 |
Descargas | 19221 |
- Descripción de la operación estadística
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
- Materiales Relacionados
- Gobierno
- 1_2 2_2 3_2 Personal
- 1_3 Areas naturales
y forestales - 1_6_ Permisos ambien
tales - 1_9 Viveros
- 1_13__1_14__2_6__4_2
- 2_7 Infraestructura
de la competencia - 3_8 Sistemas de rieg
o - 3_10__3_11__3_12
- 5_1 Ingresos y gasto
s - 5_3 Gasto en Gestión
Ambiental - 1_10 Incendios
- 1_12__2_3__4_1 Instr
umentos de Planifica
ción - 2_4__3_13 Mecanismos
de articulación - 2_5 Inversión sector
es productivos
Códigfo de la descripción
(com_des_cod)
Archivo: 1_3 Areas naturales y forestales
Archivo: 1_3 Areas naturales y forestales
Información general
Tipo:
Discreta Formato: numérica Ancho: 1 Decimales: 0 Rango: 1-3 | Casos válidos: 72 Inválidos: 0 |
Se refiere al código asignado al tipo de áreas naturales y forestales.
Áreas naturales.- Superficies de tierra y/o mar especialmente consagradas a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, así como de los recursos naturales y los recursos culturales asociados, y manejadas a través de medios jurídicos u otros medios eficaces. (MAE, 2014).
Áreas con aptitud forestal.- Aquellas que por sus condiciones naturales, ubicación, o por no ser aptas para la explotación agropecuaria, deben ser destinadas al cultivo de especies maderables y arbustivas. (MAE, 2004)
Áreas forestales.- Aquellas que por sus condiciones naturales, ubicación, o por no ser aptas para la explotación agropecuaria, deben ser destinadas al cultivo de especies maderables y arbustivas, a la conservación de la vegetación protectora, inclusive la herbácea y la que así se considere mediante estudios de clasificación de suelos, de conformidad con los requerimientos de interés público y de conservación del medio ambiente. (MAE, 2004)
Áreas naturales.- Superficies de tierra y/o mar especialmente consagradas a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, así como de los recursos naturales y los recursos culturales asociados, y manejadas a través de medios jurídicos u otros medios eficaces. (MAE, 2014).
Áreas con aptitud forestal.- Aquellas que por sus condiciones naturales, ubicación, o por no ser aptas para la explotación agropecuaria, deben ser destinadas al cultivo de especies maderables y arbustivas. (MAE, 2004)
Áreas forestales.- Aquellas que por sus condiciones naturales, ubicación, o por no ser aptas para la explotación agropecuaria, deben ser destinadas al cultivo de especies maderables y arbustivas, a la conservación de la vegetación protectora, inclusive la herbácea y la que así se considere mediante estudios de clasificación de suelos, de conformidad con los requerimientos de interés público y de conservación del medio ambiente. (MAE, 2004)
Los 23 GAD Provinciales del Ecuador y el Consejo de Gobierno de Régimen Especial Galápagos.
Directo: Director o jefe del Departamento de Gestión Ambiental.
Categorías
Valor | Categoría |
---|---|
1 | a. Ãreas Naturales |
2 | b. Ãreas Forestales |
3 | c. Ãreas Con Aptitud Forestal |
Preguntas e instrucciones
Cap.I, P. 1.a.b.c
La Provincia además de las áreas consideradas en el SNAP, contó con otras áreas naturales y forestales administradas por el GAD Provincial?
La Provincia además de las áreas consideradas en el SNAP, contó con otras áreas naturales y forestales administradas por el GAD Provincial?
Se debe tomar en cuenta que la información registrada en la pregunta 1.3.1 es la suma de la pregunta 1.3.2 y 1.3.3, además para el literal C no aplican las preguntas 1.3.2 y 1.3.3.