Ecuador - Censo de Información Ambiental Económica en Municipios 2012
ID del Estudio | ECU-INEC-DEAGA-CIAEM-2012v1.7 |
Año | 2013 |
País | Ecuador |
Productor(es) | Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) - Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) |
Financiamiento | Ministerio de Finanzas - MF - Financiamento de la Operación Estadística |
Colección(es) | |
Metadatos | Descargar DDI Descargar RDF |
Creado el | 29 Jul, 2019 |
Última modificación | 29 Jul, 2019 |
Visitas a la página | 299810 |
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- Descripción de la operación estadística
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
- Materiales Relacionados
3.16.1 Cantidad de Residuos Peligrosos importados de otra jurisdicción
(ins_reg_can_res_pel_imp_jur)
Archivo: GAD Municipios institución
Archivo: GAD Municipios institución
Información general
Tipo:
Continua Formato: numérica Ancho: 6 Decimales: 1 Rango: 0.4-5969 | Casos válidos: 3 Inválidos: 218 Mínimo: 0.4 Máximo: 5969 Principal: 1992.1 Desviación Estandar: 3444.1 |
Definición
Es la cantidad en toneladas de residuos peligrosos importados de otra jurisdicción.
* Residuos sólidos urbanos: Residuos domésticos, de comercios, oficinas y servicios, así como otros residuos que por su naturaleza o descomposición puedan asimilarse a los residuos domésticos.
El Convenio de Basilea es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición, fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992.
El Convenio reconoce que la forma más efectiva de proteger la salud humana y el ambiente de daños producidos por los desechos se basa en la máxima reducción de su generación en cantidad y/o en peligrosidad. Los principios básicos del Convenio de Basilea son:
El movimiento transfronterizo de desechos peligrosos debe ser reducido al mínimo consistente con su manejo ambientalmente apropiado.
* Residuos sólidos urbanos: Residuos domésticos, de comercios, oficinas y servicios, así como otros residuos que por su naturaleza o descomposición puedan asimilarse a los residuos domésticos.
El Convenio de Basilea es un tratado ambiental global que regula estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula obligaciones a las Partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los mismos, particularmente su disposición, fue adoptado el 22 de marzo de 1989 y entró en vigor el 5 de mayo de 1992.
El Convenio reconoce que la forma más efectiva de proteger la salud humana y el ambiente de daños producidos por los desechos se basa en la máxima reducción de su generación en cantidad y/o en peligrosidad. Los principios básicos del Convenio de Basilea son:
El movimiento transfronterizo de desechos peligrosos debe ser reducido al mínimo consistente con su manejo ambientalmente apropiado.
Universo de estudio
Está constituido por todos los 221 Municipios del Ecuador.
Fuente de información
Directo:
Jefe del departamento Ambiental o persona designada por el GAD municipal.
Jefe del departamento Ambiental o persona designada por el GAD municipal.
Preguntas e instrucciones
Pregunta textual
Cap. III P.3.16.1.a
Especifique la cantidad de Residuos Peligrosos:
Importados de otra jurisdicción.
Especifique la cantidad de Residuos Peligrosos:
Importados de otra jurisdicción.
Otros
Notas
Se documentó "residuos sólidos importados" con información rescatada del siguiente link: informaciónhttp://www.digesa.minsa.gob.pe/orientacion/preguntas_frecuentes/preguntas2.asp 13 de marzo de 2105: 15H35.