Instrucciones para el encuestador
Intereses implícitos devengados por acuerdos que constituyen efectivamente una transacción financiera o cobro diferido: "Corresponde a los intereses implícitos devengados como ingresos durante el ejercicio fiscal." (SRI, 2018). Se entiende como interés implícito a las diferencias totalizadas entre los valores presentes de los cobros futuros y los valores nominales de los activos financieros, en la fecha de la declaración, cuando existen acuerdos que constituyen efectivamente una transacción de financiera o cobro diferido. Tales como las empresas que otorgan créditos directos.