Cap.XIII, Col. 3, Li.165, P.
Alquileres de radios televisores, grabadores de video, cessetes, equipo y accesorios
Descripción
Definición
Es el pago realizado por las empresas de Comercio por el uso de radios, televisores, grabadores de videos, cassetes, entre otros accesorios que no son de propiedad de la empresa.
Universo
Todos los pagos otorgados por los establecimientos por el alquiler de bienes que no pertenecen a las empresas de Comercio investigada.
Fuente de información
Directo: Gerente financiero o contador general o asistente de contabilidad o gerente de producción o jefe de planta o el jefe de recursos humanos