Ecuador - Estadística de Información Ambiental Económica en Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales 2022, Gestión de Residuos Sólidos
ID del Estudio | ECU-INEC-DEAGA-EIAEGADM-GRS-2022-v1.1 |
Año | 2022 |
País | Ecuador |
Productor(es) |
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) - Secretaria Nacional de Planificación Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME) Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. (BDE) |
Financiamiento | Asociación de Municipalidades Ecuatorianas - AME - Financiamiento Instituto Nacional de Estadística y Censos - INEC - Financiamiento Banco de Desarrollo del Ecuador B.P. - BDE - Financiamiento |
Colección(es) | |
Metadatos | Descargar DDI Descargar RDF |
Creado el | 30 Apr, 2024 |
Última modificación | 30 Apr, 2024 |
Visitas a la página | 28997 |
Descargas | 3447 |
- Descripción de la operación estadística
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
- Materiales Relacionados
Grupo de variables
- Indicador institucional y legal
- Indicadores económico financiero
- Indicador técnico-operativo
- Barrido y limpieza de espacios públicos
- Separación en la Fuente
- Aprovechamiento de órganicos
- Sistema de recolección
- Disposición final
- Manejo de desechos peligrosos, sanitarios y/o especiales
- Detalle de la disposición total de residuos y/o desechos en el sitio de disposición final (botadero, celda emergente, relleno)
VARIABLE 4437 - 4.7.3.7 ¿Se realiza tratamiento y/o disposición final de los desechos sanitarios? - SI=1 ; NO=2
(MR4737)
Archivo: BASE_GIRS_FINAL_2022
Archivo: BASE_GIRS_FINAL_2022
Información general
Tipo:
Discreta Formato: numérica Ancho: 1 Decimales: 0 Rango: 1-2 | Casos válidos: 220 Inválidos: 1 |
Definición
La pregunta investiga si el GAD Municipal dentro de la Gestión Externa de Desechos Sanitarios (desechos peligrosos de los establecimientos de salud), cuenta con Tratamiento o disposición final de este tipo de desechos.
Definición.- Según el Acuerdo Ministerial 323, Registro Oficial 450 de 20-mar.-2019 Art. 4.- Art. 7.- Generalidades de la gestión externa de los desechos comunes, residuos aprovechables y desechos sanitarios.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos son responsables de llevar a cabo la recolección, transporte, almacenamiento, eliminación y disposición final de los desechos comunes, residuos aprovechables y desechos sanitarios generados en el área de su jurisdicción. Este servicio público lo realizarán a través de las modalidades de gestión que prevé el marco legal vigente. Quien realice la gestión deberá contar con la autorización administrativa ambiental correspondiente.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos que, ejecuten lo dispuesto en el párrafo anterior a través de gestores ambientales o prestadores de servicios, serán responsables del servicio brindado; sin perjuicio de las acciones legales que correspondan a cada uno de ellos por el incumplimiento a la normativa vigente.
Art. 9.- Alternativas de eliminación o disposición final.- Los desechos biológicoinfecciosos y corto-punzantes se tratarán mediante procesos autorizados por la Autoridad Ambiental Nacional a través de la autorización administrativa ambiental. En el caso de eliminación por inactivación, los desechos se considerarán no peligrosos y podrán ser dispuestos en los rellenos sanitarios, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
Se podrá considerar también como una alternativa, la disposición de desechos biológico-infecciosos y corto-punzantes en celdas diferenciadas que cuenten con la autorización administrativa ambiental respectiva, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
Definición.- Según el Acuerdo Ministerial 323, Registro Oficial 450 de 20-mar.-2019 Art. 4.- Art. 7.- Generalidades de la gestión externa de los desechos comunes, residuos aprovechables y desechos sanitarios.- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos son responsables de llevar a cabo la recolección, transporte, almacenamiento, eliminación y disposición final de los desechos comunes, residuos aprovechables y desechos sanitarios generados en el área de su jurisdicción. Este servicio público lo realizarán a través de las modalidades de gestión que prevé el marco legal vigente. Quien realice la gestión deberá contar con la autorización administrativa ambiental correspondiente.
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos que, ejecuten lo dispuesto en el párrafo anterior a través de gestores ambientales o prestadores de servicios, serán responsables del servicio brindado; sin perjuicio de las acciones legales que correspondan a cada uno de ellos por el incumplimiento a la normativa vigente.
Art. 9.- Alternativas de eliminación o disposición final.- Los desechos biológicoinfecciosos y corto-punzantes se tratarán mediante procesos autorizados por la Autoridad Ambiental Nacional a través de la autorización administrativa ambiental. En el caso de eliminación por inactivación, los desechos se considerarán no peligrosos y podrán ser dispuestos en los rellenos sanitarios, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
Se podrá considerar también como una alternativa, la disposición de desechos biológico-infecciosos y corto-punzantes en celdas diferenciadas que cuenten con la autorización administrativa ambiental respectiva, cumpliendo con la normativa ambiental vigente.
Universo de estudio
Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales del Ecuador
Fuente de información
Directo: Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales.
Fuente de Información: Asociación de Municipalidades del Ecuador.
Fuente de Información: Asociación de Municipalidades del Ecuador.
Categorías
Valor | Categoría |
---|---|
1 | Si |
2 | No |
Sysmiss |
Preguntas e instrucciones
Pregunta textual
Secc. 4, P4.7.3.7.
¿Se realiza tratamiento y/o disposición final de los desechos sanitarios?
¿Se realiza tratamiento y/o disposición final de los desechos sanitarios?
Imputaciones y variables agregadas
Imputación
En la información 2021, se obtuvo una cobertura del 99.5%, siendo el cantón de Sucúa el que no respondió; por lo que la imputación se ha realizado usando el método cold -deck, tomado en cuenta la recomendación dada por Medina y Galván (2007) de no imputar datos en situaciones en la que la omisión en una o más variables alcance porcentajes superiores al 20%.