Pregunta literal
Cap. 10, Secc. I, P. 2.1, Col. 3
2.1. Registrar la información de Agua de Red Pública comprada para el área productiva:
Valor USD (3)
Instrucciones para el encuestador
Las empresas de manufactura, comercio (con segunda actividad Manufactura) y servicio (Restaurantes, Hoteles y segunda actividad Manufactura) deberán informar el consumo de agua de red pública en el área productiva, el costo del metro cúbico del agua de red pública deberá estar en el siguiente intervalo: mínimo 20 centavos de dólar y máximo 3.50 dólares, si no se ajusta a lo indicado, solicite aclaración y proceda a realizar las correcciones que sean el caso.