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ARCONEL

Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano 2024

Ecuador, 2024
Obtener microdatos
ID de Referencia
ECU-ARCONEL-DTEII-ESEE-2024-v1.1
Productor(es)
Agencia de Regulación y Control de Electricidad, Coordinación Nacional de Regulación Eléctrica, Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación
Colección(es)
Agencia de Regulación y Control de Electricidad
Metadatos
DDI / XML JSON
Creado el
Feb 02, 2026
Última modificación
Feb 03, 2026
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    Número ID de la Encuesta

    ECU-ARCONEL-DTEII-ESEE-2024-v1.1

    Título

    Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano 2024

    Abreviatura o Acrónimo

    ESEE

    Título traducido

    Statistics of the ecuadorian electric power sector

    País
    Nombre Código de país
    Ecuador ECU
    Tipo de estudio

    Estadística del Sector Eléctrico

    Información de la serie

    El 10 de octubre de 1996, se publica la Ley de Régimen del Sector Eléctrico (LRSE) como respuesta a la necesidad de reformular el grado de participación estatal en este sector. Plantea como objetivo proporcionar al país un servicio eléctrico de alta calidad y confiabilidad, para garantizar su desarrollo económico y social, dentro de un marco de competitividad en el mercado de producción de electricidad.

    La LRSE creó el Consejo Nacional de Electricidad (CONELEC), como persona jurídica de derecho público con patrimonio propio, autonomía administrativa, económica, financiera y operativa, que comenzó a operar el 20 de noviembre de 1997, una vez promulgado el Reglamento General Sustitutivo de la LRSE. De esta manera, el CONELEC se constituyó como un ente regulador y controlador, responsable de elaborar las bases para el otorgamiento de concesiones de generación, transmisión y distribución de electricidad.
    Además, el CONELEC fue responsable de dictar regulaciones a las cuales debían ajustarse los generadores, transmisor, distribuidores, el CENACE y clientes del sector eléctrico. A estos efectos las sociedades y personas sujetas a su control, estaban obligadas a proporcionar al CONELEC, la información técnica y financiera que le sea requerida.

    En este contexto, como parte del desarrollo de un sistema de información para el sector eléctrico, en el año 2009 se creó el sistema SISDAT (Sistematización de Datos del Sector Eléctrico) y se elaboró el "Instructivo para la Recolección de la Información del Sector Eléctrico Nacional". El SISDAT unifica la información estadística del sector eléctrico en una base de datos centralizada, permitiendo realizar el monitoreo en materia de infraestructura y transacciones de electricidad.

    El 16 de enero de 2015, mediante Registro Oficial Nro. 418, se publica la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (LOSPEE), cuyo objetivo es garantizar que el servicio público de energía eléctrica cumpla los principios constitucionales de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, calidad, sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia, para lo cual, corresponde a través de este instrumento, normar el ejercicio de la responsabilidad del Estado de planificar, ejecutar, regular, controlar y administrar el servicio público de energía eléctrica.

    La LOSPEE regula la participación de los sectores público y privado, en actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica, así como también la promoción y ejecución de planes y proyectos con fuentes de energías renovables y el establecimiento de mecanismos de eficiencia energética.

    La LOSPEE en su artículo 9 establece como parte de la estructura del sector eléctrico ecuatoriano a la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL), como organismo técnico administrativo encargado del ejercicio de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público general, precautelando los intereses del consumidor o usuario final.

    Conforme lo establecido en el artículo 14 de la LOSPEE, la ARCONEL es una institución de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía administrativa, técnica, económica y patrimonio propio; está adscrita al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, actual Ministerio de Ambiente y Energía.

    Dentro de las atribuciones y deberes de la ARCONEL se encuentra: "Implementar, operar y mantener el sistema único de operación estadística del sector eléctrico ecuatoriano".

    En este sentido, el SISDAT unifica la información estadística que reportan los Participantes del sector eléctrico y la consolida en una base de datos centralizada. Para conseguir este propósito se han definido ciertas estructuras de información que se encuentran en hojas de MS Excel y se agrupan en libros dependiendo del tipo de Participante. La información debe ser ingresada en estos formatos, y luego de realizada la validación de los datos, deben ser subidos al SISDAT en formato XML, para ello es necesario contar con una cuenta de usuario proporcionada por el administrador del sistema. La información debe ingresarse al sistema en los plazos previamente establecidos.

    En el SISDAT se dispone de información histórica desde el año 1999, de los datos operativos y técnicos de la infraestructura en las diferentes etapas del sector eléctrico (generación, transmisión y distribución); así como de las transacciones comerciales proporcionadas por los participantes del sector eléctrico.

    Con el objetivo de disponer de la información de infraestructura georeferenciada, se crea en el año 2011, el Geoportal del Sector Eléctrico Ecuatoriano, donde se publica datos de infraestructura y transacciones de las empresas generadoras, autorgeneradoras, transmisora y de las distribuidoras.

    El suministro de insumos de información, datos estadísticos y geográficos en permanente actualización, permiten visualizar y proyectar de manera objetiva y efectiva, aquellas acciones relacionadas con las actividades del sector eléctrico referentes a generación, transmisión y distribución; y, ha sido presentada a inversionistas, organismos de gobierno, universidades, organismos internacionales, varios sectores interesados y a la comunidad en general, a través de documentos impresos (libros, folletos, boletines, mapas, reportes e informes), medios digitales y aplicaciones para dispositivos móviles.

    Para el correcto desarrollo del procesamiento de datos, la ARCONEL ha implementado tres herramientas informáticas que permiten un correcto y adecuado manejo de la información:

    1.- SISDAT, Sistematización de Datos del Sector Eléctrico implementado en el año 2009.
    2.- SIG - ARCONEL, Sistema de Información Geográfica implementado en el año 2011.
    3.- Minería de Datos, implementado en el año 2013.

    Estos sistemas han permitido automatizar el manejo, procesamiento y publicación de la información que generan los participantes y entidades relacionadas en forma textual y gráfica según el calendario programado; la cual se encuentra a disposición de los interesados a través de la Intranet para los usuarios internos y el Internet en la página web institucional para los usuarios internos y externos.

    El 10 de diciembre de 2019, a través de sesión de Directorio de la ARCONEL, se aprueba y resuelve expedir la Regulación Nro. ARCONEL-002/19, denominada "Sistema Único de Información Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano, SISDAT 2.0", cuyo objetivo es establecer de forma integral criterios y normas para gestionar el proceso de operación del Sistema Único de Información Estadística del Sector Eléctrico (SISDAT 2.0), en todas sus etapas.

    El Sistema Único de Información Estadística del Sector Eléctrico (SISDAT 2.0), es un sistema estratégico de gestión de información, el cual está constituido por un conjunto de sistemas integrales de información que se comunican e interactúan mediante aplicaciones y componentes informáticos; con el objeto de recolectar, analizar, almacenar, procesar, difundir e intercambiar la información que es producida por los Integrantes SISDAT.

    Se denomina Integrantes SISDAT a los Participantes y/o instituciones del sector eléctrico, CENACE y en general todas las entidades y organismos (públicos o privados) que deben entregar y que consumen información del SISDAT 2.0.

    En cumplimiento de la Regulación mencionada, la Agencia emite anualmente el Plan Anual de Operación Estadística (PAO). Este documento presenta de forma integral criterios, acciones y requerimientos que los Integrantes SISDAT deberán cumplir durante el accionar de las etapas que comprenden la operación estadística del sector eléctrico ecuatoriano; en el mismo se establecen: los plazos previstos para la entrega de información estadística y geográfica del sector eléctrico, mecanismos de captación, módulos de información, formatos, calendario estadístico, responsables, eventos de capacitación e índices de control, entre otros aspectos.

    Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1036 de 06 de mayo de 2020, el Presidente Constitucional de la República decretó, entre otros aspectos:

    “Artículo 1.- Fusiónese la Agencia de Regulación y Control Minero, la Agencia de Regulación y Control de Electricidad y la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos en una sola entidad denominada “Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables”.

    Artículo 2.- Una vez concluido el proceso de fusión, todas las atribuciones, funciones, programas, proyectos, representaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y demás normativa vigente que le correspondían a la Agencia de Regulación y Control Minero, a la Agencia de Regulación y Control de Electricidad y a la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, serán asumidas por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables”.

    A partir del 1 de julio de 2020, con la ejecución de la fusión, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), y sus dependencias, son responsables de gestionar y velar por el cumplimiento de todas las actividades previstas y los trámites pendientes de la extinta Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL); y, de las atribuciones y deberes de la LOSPEE, del Reglamento a la LOSPEE y de la Ley Orgánica de Eficiencia Energética (LOEE).

    En el 2022 se implementó el GeoSISDAT, un repositorio que guarda aplicaciones geográficas como: el Geoportal, el localizador y los Dashboards, que nació sobre la necesidad de contar con una herramienta online, que presente la información de la infraestructura del sector eléctrico, en una plataforma común que facilite el intercambio de información SIG y servicios web. Se desarrolló utilizando la aplicación App Builder de ArcGIS On line. Por su parte, la información publicada en el geoportal eléctrico, fue generada a partir del procesamiento de las capas geográficas y base de datos de la infraestructura del sector eléctrico (centrales de generación, subestaciones, líneas de transmisión y subtransmisión, áreas de prestación de servicio) que se procesaron en ArcGIS desktop y se publicaron mediante ArcGIS server por medio servicios web.

    En el 2024 se efectuó una actualización de la herramienta de minería de datos, para lo cual, se implementó la plataforma web denominada SISDAT Analítica que permite automatizar el proceso de minería de datos de la información estadística de infraestructura y transacciones reportada en el SISDAT.

    Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 256, de 08 de mayo de 2024, el Presidente Constitucional de la República decretó, entre otros aspectos:

    "Artículo 1.- Escindir la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), y crear las nuevas agencias: i) "Agencia de Regulación y Control Minero, ARCOM"; ii) "Agencia de Regulación y Control de Electricidad, ARCONEL"; y, "Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, ARCH", como organismos técnicos administrativos encargados de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionadas con el sector minero, eléctrico e hidrocarburífero, en su orden, conforme a las competencias atribuidas en la Ley de Minería, Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, Ley de Hidrocarburos Y Ley Orgánica de Competitividad Energética; así como, los Reglamentos de aplicación.

    Las atribuciones, funciones, programas, proyectos, presentaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos, regulaciones y demás normativa vigente que correspondía a la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), serán asumidas por la Agencia de Regulación y Control Minero, la Agencia de Regulación y Control de Electricidad, y la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, considerando las atribuciones otorgadas por cada una de las leyes referentes a la materia."

    Asimismo, el artículo 7 del citado decreto, establece que “las nuevas Agencias de Regulación y Control, constantes en el artículo 1 del presente Decreto, permanecerán adscritas al Ministerio de Energía y Minas".

    Resumen / Abstract

    La información de la Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano producido por la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL), antes Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR), es concisa, concreta, validada y amigable. Constituye un medio de análisis y orientación para temas relacionados a la investigación, evaluación de políticas, planificación del sector eléctrico ecuatoriano entre otras, destinado especialmente para quienes están vinculados con el área de desarrollo del país. Entre los principales usuarios que utilizan los datos estadísticos tenemos:

    Organizaciones públicas y privadas
    Academia
    Integrantes SISDAT
    Profesionales
    Ciudadanía en general.

    En la Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano, se presenta información de datos operativos y técnicos de la infraestructura, así como de las transacciones comerciales proporcionadas por los participantes del sector eléctrico (empresas generadoras, autogeneradoras, transmisore ydistribuidoras), datos reportados a través del sistema SISDAT (Sistematización de Datos del Sector Eléctrico - SISDAT), según plazos establecidos en el Plan Anual de Operación Estadística (PAO).

    Objetivo:

    Generar información estadística referente a la gestión, actualización, validación y procesamiento de la información de las empresas participantes del sector eléctrico en las actividades de generación, transmisión, distribución y alumbrado público de todos el país.

    En la parte de infraestructura se dispone de la siguiente información.

    • Potencia de generación eléctrica instalada por tipo de tecnología (hidráulica, fotovoltaica, eólica, biomasa y térmica). (MW).
    • Potencia instalada en subestaciones de transmisión y distribución. (MW).
    • Longitud de líneas de transmisión y subtransmisión del transmisor y empresas distribuidoras. (km).
    • Longitud de los alimentadores primarios (media tensión) por empresa distribuidora. (km).
    • Transformadores de distribución por empresa distribuidora.
    • Longitud de redes de bajo voltaje por empresa distribuidora. (km).
    • Luminarias por empresa distribuidora.
    • Acometidas por empresa distribuidora.
    • Medidores por empresa distribuidora.
    • Clientes por empresa.

    En la parte de transacciones comerciales se dispone de la siguiente información.

    • Compra venta de energía (MWh, USD) a nivel de generación, transmisión y distribución.
    • Compra venta de energía (MWh, USD) a nivel internacional (interconexiones Colombia y Perú)
    • Facturación del servicio eléctrico y alumbrado público general (MWh, USD) a clientes finales

    La operación estadística "Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano" con base a la información disponible genera los siguientes productos.

    • Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano del año n-1 (Estadística Anual y Multianual, Atlas, SISDAT APP, Video de la operación estadística).

    • Geosisdat Sector Eléctrico Ecuatoriano.

    • Revista Bimensual Panorama Eléctrico.

    • SISDAT BI y reportes de infraestructura y transacciones comerciales hasta el mes n-2 en un ambiente de visualización web y en archivos planos (Excel, PDF, Word)

    • Sección estadísticas y mapas.

    Se puede consultar los productos históricos de la operación estadística en la página web de la Institución.

    • Nota: para mayor información se puede remitir a la página web institucional.
    Tipo de datos

    Registros Administrativos (adm)

    Unidad de Análisis

    Las unidades de análisis de la operación estadística son:

    Participante.- Persona natural o jurídica dedicada a la actividad de generación, autogeneración, transmisión, distribución y comercialización, Alumbrado Público General, importación y exportación de Energía Eléctrica, así como también las personas naturales o jurídicas que sean considerados Consumidores o Usuarios Finales.

    Empresa Generadora.- Persona jurídica cuyo Título Habilitante le faculta realizar la actividad de generación y la venta de Energía Eléctrica. Existen 49 empresas generadoras, una de las cuales es una Corporación que aglutina a 11 unidades de negocio.

    Empresa Autogeneradora.- Persona jurídica productora de energía eléctrica, cuya producción está destinada a abastecer sus puntos de consumo propio, pudiendo producir excedentes de generación que pueden ser puntos a disposición de la demanda. Existen 17 empresas autogeneradoras.

    Empresa Transmisora.- Persona jurídica cuyo título habilitante le permite ejercer la actividad de transmisión de energía eléctrica. Para el caso ecuatoriano le corresponde este rol a la Corporación Eléctrica del Ecuador - Unidad de Negocio TRANSELECTRIC.

    Empresa Distribuidora.- Persona jurídica cuyo título habilitante le faculta realizar las actividades de distribución y comercialización de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público general, dentro de su área de servicio. A nivel nacional existen 10 empresas distribuidoras incluyendo la Empresa Pública Estratégica Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP), la cual tiene a su vez 11 unidades de negocio.

    Alcance

    Notas

    1 FORMULARIOS DE INFRAESTRUCTURA.

    1.1 Formulario INF-020 Cobertura. - Este formulario registra información mensual de los consumidores regulados por tipo de categoría tarifaria, pudiendo desagregarse a nivel de provincia, cantón, parroquia y por empresa distribuidora.

    1.2 Formulario INF-040 Redes Media Tensión. - Este formulario registra información mensual con respecto a las redes de media tensión, como longitud y tipo; además, de los transformadores de distribución conectados a dichas redes, pudiendo desagregarse por empresa distribuidora.

    1.3 Formulario INF-050 Luminarias. Este formulario registra información mensual relacionada con las luminarias para alumbrado público, pudiendo desagregarse por empresa distribuidora.

    1.4 Formulario INF-060 Redes Secundarias. Este formulario registra información mensual de las redes secundarias o de bajo voltaje, como longitud y tipo, pudiendo desagregarse por empresa distribuidora.

    1.5 Formulario INF-070 Acometidas. Este formulario registra información mensual de las acometidas, por tipo y por empresa distribuidora.

    1.6 Formulario INF-080 Medidores. Este formulario registra información de los medidores instalados a los consumidores, por tipo y por empresa distribuidora.

    2 FORMULARIOS DE TRANSACCIONES

    2.1 Formulario TRA-180 Energía producida. Este formulario presenta información de la producción de energía eléctrica y el consumo de combustible.

    2.2 Formulario TRA-190 Balance de producción. Este formulario presenta un balance de la energía generada.

    2.3 Formulario TRA-010 Energía Vendida. Este formulario registra información de energía vendida.

    2.4 Formulario TRA-130 Facturación Clientes Regulados. Este formulario registra información de la facturación a consumidores regulados; de las variables 1 a la 34 es utilizada para la operación estadística.

    2.5 Formulario TRA-080 Facturación Clientes No Regulados. Este formulario registra información de la facturación a Consumidores No Regulados.

    2.6 Formulario TRA-160 Energía Comprada. Este formulario registra información de la energía comprada.

    2.7 Formulario TRA-040 Balance Energía. Este formulario registra información del Balance de Energía de las distribuidoras.

    2.8 Formulario TRA-060 Pérdidas. Este formulario registra información sobre las pérdidas de energía en las distintas etapas funcionales del sistema eléctrico.

    Cobertura

    Cobertura geográfica

    El dominio de estudio son las 24 provincias del Ecuador.

    Unidad Geográfica

    El nivel para la investigación es Nacional:

    En el Formulario INF-020 Cobertura, se registra información nacional del número de clientes con desagregación parroquial.
    En el Formulario INF-050 Luminarias, se registra información nacional de luminarias con desagregación cantonal.

    Universo

    Está constituido por todas las empresas generadoras, autogeneradoras, transmisor y distribuidoras.

    Productores y Patrocinadores

    Investigadores primarios
    Nombre Afiliación
    Agencia de Regulación y Control de Electricidad Ministerio de Energía y Minas
    Coordinación Nacional de Regulación Eléctrica Agencia de Regulación y Control de Electricidad
    Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación Agencia de Regulación y Control de Electricidad
    Organización financiadora / Patrocinador
    Nombre Abreviatura / Sigla Rol
    Banco Interamericano de Desarrollo BID Financiamiento de la publicación de operación estadística

    Instrumento de la encuesta

    Cuestionarios

    Para la recolección de datos, en la operación estadística se dispone de formularios digitales prediseñados con parámetros afines al sector eléctrico, entre los cuales se incluye la ubicación georeferenciada de los distintos elementos que conforman la infraestructura del sector eléctrico. El participante (coordinador SISDAT) previamente capacitado descarga estos formularios desde el ambiente SISDAT, en los cuales deberá reportar mensualmente los valores requeridos en función de la variable establecida en cada columna de los formularios, excepto en determinados campos o celdas que se calculan automáticamente. Cabe mencionar que toda la información requerida es actualizada periódicamente en las bases de datos de los propios participantes; por lo tanto, es de plena disponibilidad para los reportes mensuales requeridos por la Agencia.

    Una vez ingresada toda la información en cada uno de los formularios, los participantes (coordinadores SISDAT) suben dichos formularios al ambiente SISDAT, sujetos a un plan mensual de entrega. Cabe mencionar que adicional a la capacitación para el manejo y uso del sistema SISDAT y sus formularios asociados, los participantes cuentan un instructivo SISDAT, donde se encuentra descrita la definición de cada variable requerida.

    La temática de los formularios ha sido establecida por funcionarios de la Agencia mediante reuniones de directorio. Toda la información requerida en los formularios es afín al sector eléctrico, con base a criterios técnicos que faciliten la elaboración de estudios eléctricos con base a información estadística confiable.

    En el 2009 se lleva a cabo un taller de capacitación y lanzamiento del SISDAT al cual fueron convocadas las empresas distribuidoras, autogeneradoras y generadoras del país (un representante por cada una), a fin de capacitarlos y a la vez establecer pruebas piloto junto con ellos. En dicho taller, los participantes del sector procedieron con la carga de los formularios de infraestructura y transacciones, recibiendo el oportuno soporte técnico por parte de los representantes del extinto CONELEC, actual ARCONEL. Las pruebas piloto arrojaron pequeños problemas en el proceso de validación y solicitudes de recargas, los mismos que fueron anotados y presentados a la empresa de servicios de tecnología de información contratada, la misma que efectuó las correcciones respectivas, que, en adelante, permitieron el correcto funcionamiento del sistema SISDAT.

    Participativo: Por cuanto el formulario es enviado a una institución para que sea llenado de acuerdo a las especificaciones detalladas en el instructivo.

    Tipo de cuestionario: Dirigido a los participantes del sector eléctrico ecuatoriano.

    1.- Formularios de infraestructura
    2.- Formularios de transacciones

    Los formularios digitales de infraestructura y transacciones con toda la información solicitada se receptan mensualmente (de acuerdo a lo establecido en el PAO) de manera automatizada en el SISDAT.

    Estructurado: por cuanto solamente tiene preguntas cerradas (respuestas pre-codificadas).

    Notas de metodología

    En el año 2024 se continuó con el proceso de recolección de información de manera mensual.

    1.- Organización y Preparación

    Con el fin de optimizar la gestión de los procesos de recolección de datos, el CONELEC estableció en el 2009 el sistema automatizado de recolección de datos denominado Sistematización de Datos del Sector Eléctrico Ecuatoriano (SISDAT), el mismo que fue desarrollado por una empresa de servicios de tecnología de información contratada por el CONELEC. La recolección de datos experimentó un proceso de automatización, ya que, a partir del 2009, la información proveniente de los participantes del sector se recepta mediante formularios, con extensión XML, previamente establecidos y alineados a parámetros del sector eléctrico ecuatoriano, para finalmente ser receptados y validados en el SISDAT.

    En el 2009 se llevó a cabo un taller de capacitación y lanzamiento del SISDAT al cual fueron convocadas las empresas distribuidoras, autogeneradoras y generadoras del país (un representante por cada una), a fin de capacitarlos y a la vez establecer pruebas piloto junto con ellos. En dicho taller, los participantes del sector procedieron con las cargas de los formularios de infraestructura y transacciones, recibiendo el oportuno soporte técnico por parte de los representantes del ex CONELEC actual ARCONEL. Las pruebas piloto arrojaron pequeños problemas en el proceso de validación y solicitudes de recargas, los mismos que fueron anotados y presentados a la empresa de servicios de tecnología de información contratada, la misma que efectuó las correcciones respectivas, que en adelante, permitieron el correcto funcionamiento del sistema SISDAT.

    Las capacitaciones abarcan temas tales como: uso y manejo del SISDAT, reporte de información en el entorno SISDAT, reporte de información mediante formularios XML, descripción de las características de cada formulario, procesos de validación, corrección de errores, presentación de publicaciones estadísticas anteriores y bases de datos aplanados en materia de operación estadística. La información estadística reposa en la web institucional y geo portal del sector eléctrico ecuatoriano.

    El responsable de reportar la información es designado por cada Participante, el cual asume el cargo de Coordinador SISDAT y que desempeñará sus funciones de forma permanente (a no ser que la misma empresa delegue las funciones a otro funcionario por disposiciones internas). Las capacitaciones continúan anualmente, mediante seminarios - talleres, en las cuales se da a conocer la estadística de ese año y actualizaciones realizadas o previstas para los formularios, en caso de existirlas. Los participantes convocados son: generadores, autogeneradores, transmisor y distribuidores.

    En caso de existir nuevos participantes que se incorporan al sector, estos son capacitados en las instalaciones de la ARCONEL o de manera virtual por parte de los funcionarios de la Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación. La convocatoria se realiza de manera individual o en grupo, esto dependerá de la cantidad de participantes nuevos o de la fecha de ingreso a operación comercial de la empresa en cuestión.

    2.- Recolección de la Información.

    La entrega de información en el SISDAT por parte de los participantes, se efectúa conforme lo establecido en el Plan Anual de Operación Estadística (PAO), el cual se emite y difunde cada año, y contempla, entre otros aspectos, los formularios a reportarse, la periodicidad y las fechas límite de entrega de la información.

    La información o formularios son receptados con periodicidad mensual y estos contienen la información del mes n-2, es decir que, en el mes de febrero del año posterior se cierra la información (con la información del mes de diciembre) del año en estudio o concluido.

    La recolección de la información se lo realiza mediante formularios Excel preestablecidos (programados), mismos que se transforman en archivos XML que son remitidos vía web por todos los participantes (Generador, Autogenerador, Distribuidor, Transmisor) incorporados al sector eléctrico, en fechas y plazos establecidos.

    Recoleción de Datos

    Fechas de recolección de datos
    Inicio Fin Ciclo / Ronda
    2024-01-01 2024-12-31 Mensual
    Períodos de referencia
    Fecha de inicio Fecha final Ciclo
    2024-12-31 2024-01-01
    2024-12-31 Anual
    Modo de recopilación de datos
    • Internet [int]
    Recolectores de datos/Encuestadores
    Nombre Afiliación Abreviatura / Sigla
    Empresa Generadora Agencia de Regulación y Control de Electricidad G
    Empresa Autogeneradora Agencia de Regulación y Control de Electricidad A
    Empresa Transmisora Agencia de Regulación y Control de Electricidad T
    Empresa Distribuidora Agencia de Regulación y Control de Electricidad D
    Supervisión

    Seguimiento y control a la entrega de la información

    Mediante la herramienta del SISDAT se puede visualizar el avance en la entrega de información, así también se obtienen reportes de entrega de la información del sistema:

    1.- Interfaces Pendientes
    2.- Control de entrega de formularios
    3.- Control de entrega de formularios por mes
    4.- Solicitudes de recarga

    Cuando el participante presenta inconvenientes para reportar o subir la información al SISDAT, se da soporte oportuno por parte del personal de la Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación, para atender sus requerimientos presentados en cuanto a información estadística, utilizando los siguientes mecanismos:

    1.- Vía telefónica.
    2.- Vía mail
    3.- Vía Quipux
    4.- Combinación de los anteriores

    El proceso realizado en el sistema se registra en una base de datos de AUDITORIA.

    Notas de Recolección de Datos

    1.- En el proceso de Recolección de datos estadísticos y geográficos, para el año 2024, participaron 101 coordinadores SISDAT, de los cuales 58 pertenecen a Generadores, 22 a Autogeneradores, 1 al Transmisor y 20 a las Distribuidoras, en su calidad de proveedores de datos, en tanto que, por parte de la ARCONEL, participaron 4 funcionarios de la DTEII, como responsables directos de la recepción, evaluación y procesamiento de datos.

    1. Algunos datos de infraestructura son reportados directamente en el ambiente WEB del SISDAT y no a través de archivos XML. Esta modalidad se habilitó considerando que estos datos de infraestructura tienen una baja frecuencia de actualización, a diferencia de los datos que son reportados a través de archivos XML, los cuales requieren una actualización mensual.

    2. Hay datos geográficos, correspondientes a la infraestructura de las Distribuidoras, homologados a nivel nacional hasta el punto de medición, que son generados a través de GeoDataBases administradas por un Comité Técnico del SIG, que por delegación del Ministerio Rector, es liderado por una de las Distribuidoras. Esta información es remitida por las Distribuidoras mensualmente a la ARCONEL, mediante réplicas, a través de los siguientes medios: FTPs y Google Drive.

    Procesamiento de datos

    Edición de datos

    Procesamiento y validación de datos.

    La Agencia dispone del documento "Instructivo para la minería de datos de la información estadística", cuyo alcance comprende las actividades y parámetros técnicos para la ejecución de la minería de datos de la información estadística, desde la etapa de captación de la información hasta la etapa de cierre final de la información estadística.

    En el procesamiento y validación de datos se ejecutan las siguientes acciones:

    1.- En primera instancia, los formularios preestablecidos (formulario programado) para registrar la información por parte de los participantes, dispone de validaciones mediante la programación de macros para los datos ingresados.

    2.- El momento que el participante intenta reportar o subir la información en la plataforma del SISDAT, el sistema también realiza validaciones a los datos reportados, si se detecta alguna inconsistencia en la información, el sistema rechaza el formulario y emite el mensaje de error. En este caso si el participante no puede solventar el error presentado, el personal de la Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación, da el soporte necesario para subir la información.

    3.- Mediante la herramienta SISDAT Analítica se realiza el análisis de datos reportados por los participantes, para lo cual:

    • Se realiza un cierre con la información del mes de análisis
    • Se ejecuta el aplicativo SISDAT Analítica a fin de verificar la última información reportada en el último mes sobre los datos históricos.
    • Se inicia el proceso de verificación de los datos reportados sobre los posibles valores atípicos generados por la Minería de Datos y por criterios establecidos. De existir novedades se procede con la retroalimentación a los participantes para la actualización o revisión de datos detectados como posibles inconsistencias o errores en la información reportada.
    • El participante revisa y corrige los datos observados de ser el caso.
    • Se procede a un cierre final de la información reportada, revisada y validada, a través de un proceso de corrida de un script en SQL, a través del cual se llenan tablas predefinidas que consolidan la información estadística (SISDAT), misma que se convierte en insumo para la información geográfica (SIG_ARCONEL)
    • Se procede con el procesamiento y elaboración de los distintos reportes, informes y requerimientos solicitados por los usuarios de la información del sector eléctrico ecuatoriano.

    Evaluación de datos

    Estimaciones del Error muestral

    SISDAT Analítica:

    Aplicativo web que apoya en el proceso de revisión y validación de la información reportada por los participantes del sector eléctrico ecuatoriano, utiliza modelos (algoritmos) estadísticos para la determinación de posibles errores (valores atípicos) en base a la variación de los datos históricos que se dispone en las bases de datos, esto se aplica a la información de transacciones comerciales e infraestructura reportada por los participantes.

    Evaluación de datos

    Se utiliza archivos Excel con estadística básica o programada (macros) para establecer posibles valores atípicos dentro de un rango de variación. Si existen valores fuera del rango se procede a revisar al detalle con el participante, y de ser el caso corregir y actualizar el dato.

    Se realiza una Autoevaluación anual por el INEC a la Operación Estadística.

    La Autoevaluación es el análisis integral, sistemático y regular que cada entidad realiza a sus propias operaciones estadísticas, bajo un marco establecido para el efecto. El Objetivo es sensibilizar a las entidades del SEN sobre sus fortalezas y debilidades en materia de calidad estadística. Se evalúa el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas Estadísticas (CBP) y el Modelo de Producción Estadística (MPE). Lo realizan los responsables de las operaciones estadísticas (que tengan pleno conocimiento de la operación).

    Política de Acceso a los microdatos

    Personal autorizado para el acceso a datos
    Nombre Afiliación URL
    Agencia de Regulación y Control de Energía Ministerio de Energía y Minas www.arconel.gob.ec
    Confidencialidad
    ¿Se requiere firmar una declaración de confidencialidad? Texto de la Declaración de Confidencialidad
    yes Constitución de la República del Ecuador (CRE)

    ·Artículo 66, numeral 19: El derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el mandato de la ley. 20. El derecho a la intimidad personal y familiar.

    Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP)

    ·Art. 1.-Objeto y finalidad. -El objeto y finalidad de la presente ley es garantizar el ejercicio del derecho a la protección de datos personales, que incluye el acceso y decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección, Para dicho efecto regula, prevé y desarrolla principios, derechos, obligaciones y mecanismos de tutela.

    ·Artículo 4 (Definiciones): Define el "Dato personal" como todo dato que identifica o hace identificable a una persona natural.

    ·Artículo 7 (Tratamiento legítimo): Establece las condiciones para el tratamiento lícito de datos personales, siendo el consentimiento del titular la principal condición, o que sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal, entre otras causales.

    ·Art. 10.-Principios, literal g.- Confidencialidad.-El tratamiento de datos personales debe concebirse sobre la base del debido sigilo y secreto, es decir, no debe tratarse o comunicarse para un fin distinto para el cual fueron recogidos, a menos que concurra una de las causales que habiliten un nuevo tratamiento conforme los supuestos de tratamiento legítimo señalados en esta ley. Para tal efecto, el responsable del tratamiento deberá adecuar las medidas técnicas organizativas para cumplir con este principio.

    ·Art. 37.-Seguridad de datos personales.-El responsable o encargado del tratamiento de datos personales según sea el caso, deberá sujetarse al principio de seguridad de datos personales, para lo cual deberá tomar en cuenta las categorías y volumen de datos personales, el estado de la técnica, mejores prácticas de seguridad integral y los costos de aplicación de acuerdo con la naturaleza, alcance, contexto y los fines del tratamiento, así como identificar la probabilidad de riesgos.

    El responsable o encargado del tratamiento de datos personales, deberá implementar un proceso de verificación, evaluación y valoración continua y permanente de la eficiencia, eficacia y efectividad de las medidas de carácter técnico, organizativo y de cualquier otra índole, implementadas con el objeto de garantizar y mejorar la seguridad del tratamiento de datos personales.

    El responsable o encargado del tratamiento de datos personales deberá evidenciar que las medidas adoptadas e implementadas mitiguen de forma adecuada los riesgos identificados

    Ley Orgánica del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos

    ·Art. 6.- Accesibilidad y confidencialidad.- Son confidenciales los datos de carácter personal, tales como: ideología, afiliación política o sindical, etnia, estado de salud, orientación sexual, religión, condición migratoria y los demás atinentes a la intimidad personal y en especial aquella información cuyo uso público atente contra los derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales.
    El acceso a estos datos sólo será posible con autorización expresa del titular de la información, por mandato de la ley o por orden judicial.
    También son confidenciales los datos cuya reserva haya sido declarada por la autoridad competente, los que estén amparados bajo sigilo bancario o bursátil, y los que pudieren afectar la seguridad interna o externa del Estado.

    La autoridad o funcionario que por la naturaleza de sus funciones custodie datos de carácter personal, deberá adoptar las medidas de seguridad necesarias para proteger y garantizar la reserva de la información que reposa en sus archivos.
    Condiciones de acceso

    Líneas de Acción:

    Protocolos de acceso a la información:

    Constitución de la República del Ecuador (CRE)

    · Artículo 18, numeral 2: Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.

    Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    · Art. 1.- Principio de Publicidad de la Información Pública.- El acceso a la información pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado. Toda la información que emane o que esté en poder de las instituciones, organismos y entidades, personas jurídicas de derecho público o privado que, para el tema materia de la información tengan participación del Estado o sean concesionarios de éste, en cualquiera de sus modalidades, conforme lo dispone la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; las organizaciones de trabajadores y servidores de las instituciones del Estado, instituciones de educación superior que perciban rentas del Estado, las denominadas organizaciones no gubernamentales (ONGs), están sometidas al principio de publicidad; por lo tanto, toda información que posean es pública, salvo las excepciones establecidas en esta Ley.

    · Art. 4.- Principios de Aplicación de la Ley.- En el desarrollo del derecho de acceso a la información pública se observarán los siguientes principios:

    a) La información pública pertenece a los ciudadanos. El Estado y las instituciones privada depositarias de archivos públicos, son sus administradores y están obligados a garantizar el acceso a la información; b) El acceso a la información pública, será por regla general gratuito a excepción de los costos de reproducción y estará regulado por las normas de esta Ley.
    Art. 9.- Responsabilidad sobre la entrega de la Información Pública.- El titular de la entidad o representante legal, será el responsable y garantizará la atención suficiente y necesaria a la publicidad de la información pública, así como su libertad de acceso.

    Requisitos de Citas

    "Agencia de Regulación y Control de Electricidad, Estadística del Sector Eléctrico Ecuatoriano", ESEE, Versión 1.0

    Descargo de responsabilidad y Derechos de autor

    Descargo de responsabilidad

    El usuario de los datos reconoce que el colector original de los datos, el distribuidor autorizado de los datos, y la agencia de financiación pertinente no tienen ninguna responsabilidad por el uso de los datos o de las interpretaciones o inferencias basadas en dichos usos.

    Derechos de Autor

    (c) 2024 Agencia de Regulación y Control de Electricidad.

    Contactos

    Contactos
    Nombre Afiliación URL
    Agencia de Regulación y Control de Electricidad Ministerio de Energía y Minas www.arconel.gob.ec
    Coordinación Nacional de Regulación Eléctrica Agencia de Regulación y Control de Electricidad www.arconel.gob.ec
    Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación Agencia de Regulación y Control de Electricidad www.arconel.gob.ec

    Producción de Metadatos

    ID del documento DDI

    ECU-ARCONEL-DTEII-ESEE-2024-v1.1

    Productores
    Nombre Abreviatura/Sigla Afiliación Rol
    Agencia de Regulación y Control de Electricidad ARCONEL Ministerio de Energía y Minas Productor de la Operación Estadística
    Dirección Técnica de Estudios, Información e Innovación DTEII Agencia de Regulación y Control de Electricidad Documentador de la Operación Estadística
    Alexandra Maldonado AM Agencia de Regulación y Control de Electricidad Documentador de la Operación Estadística
    Jenny Cushicóndor JC Instituto Nacional de Estadística y Censos Revisora de metadatos de la Operación Estadística
    Andrés Chiles AC Agencia de Regulación y Control de Electricidad Aprobación para publicación de metadatos de la Operación Estadística
    Fecha de Producción de Metadatos

    2025-08-05

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