Instrucciones para el encuestador
Comprende el total de horas trabajadas 2011 (ordinarias + extraordinaras) de propietarios y socios activos, hombres, que participan en los trabajos del establecimiento. Esta categoría existirá en general para las empresas no constituidas en sociedad, donde se les considera trabajadores autónomos.
Esta categoría no es aplicable a las empresas constituidas en sociedades de capital: Cía. Limitada, Cía. Anónima, etc. Puesto que si algún socio trabaja permanentemente en el establecimiento será considerado como un empleado.
Quedan excluidos directores de las sociedades registradas y miembros de los comités de accionistas cuando se les paga únicamente por su asistencia a las reuniones.