Instrucciones para el encuestador
Son los pagos que los patronos realizan a sistemas privados de seguridad social adicionales en general a lo planteado en el caso de los seguros sociales obligatorios. Esta cobertura adicional se basa en acuerdos especiales a los que llegan los empleadores y los trabajadores en el marco de sus negociaciones salariales en general
Las aperturas son las siguientes:
1.1 . Fondos de Pensiones, Jubilaciones y similares.
1.2 . Primas de seguros colectivos de vida.
1.3 . Otras primas de seguros no de vida.
No se incluyen aquí las contribuciones de los empleadores a seguros ligados estrictamente con la existencia de determinados riesgos en el cumplimiento de las labores de sus trabajadores (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales). Estos seguros forman parte del consumo intermedio de las empresas y no son remuneraciones.