Corresponden a los pagos, en el País, por servicios profesionales prestados por terceros que no son empleados de la empresa. Pueden ser pagados a profesionales independientes o a empresas que prestan estos servicios. No deben ser pagos por la producción de activos fijos intangibles. Estos se informan en la Sección XIX sobre formación bruta de capital fijo.
Estos honorarios se desagregan en:
Abogados y similares.
Contabilidad y Auditoría.
Otros Servicios Profesionales.
Imputación y derivación
Instrucciones del codificador
Variable calculada
Resulta de sumar los valores, en el País, de:
9.1 Abogados y similares.
9.2 Contabilidad y Auditoría.
9.3 Otros Servicios Profesionales.